Constitucion Española Flashcards
Cómo puede ser definida?
P. Vista formal (perspectiva NORMAtiva): norma suprema del Ordenamiento jurídico, elaborada por el poder constituyente (pueblo) ejerciendo su soberanía.
P. Vista Material (Contenido): principios fundamentales del orden social, político y económico de la sociedad y pone las reglas básicas de su funcionamiento.
Fechas constitución:
Aprobada: 31 octubre 1978
Refrendada: 6 diciembre 1978
Sancionada y promulgada por el rey: 27 diciembre 1978
Publicada y entrada vigor: 29 diciembre 1978
Estructura constitución:
1 Preámbulo
1 título preliminar
10 títulos
169 artículos
15 disposiciones de las cuales:
- 4 adicionales
- 9 transitorias
- 1 derogatoria
- 1 final
2 bloques de la constitución:
Parte dogmática:
- Preámbulo (introducción ETG)
- Título PReliminar: PRincipios básicos de organización política.
- Título 1º: valores fundamentales Estado + derechos y libertades.
Parte orgánica:
- Título 2º al 9º (poderes del estado)
- 10º reforma constitucional.
Nombres títulos constitución:
Título preliminar (1 a 9)
Título I: derechos y deberes fundamentales (10 a 55)
Título II: Corona (56 a 65) (DORONA)
Título III: Cortes generales (CORTRES) (66 a 96)
Título IV: Gobierno y administración (97 a 107) (ADMINISTRAFOUR)
Título V: Relaciones gobierno y cortes (108 a 116) (gobierno V cortes)
Título VI: P. Judicial (117 a 127) (JUDISIX)
Título VII: Economía y Hacienda (128 a 136)
Título VIII: organización territorial (137 a 158) (ochanizacion)
Título IX: Tribunal Constitucional (159 a 165) (TribuNAIN)
Título X: reforma (166 a 169)
Principio de constitucionalidad:
Art 9.1: Ciudadanos y poderes públicos están sujetos a la CE y el OJ. Si una CCAA incumple obligaciones, gobierno puede adoptar medidas para el cumplimiento forzoso o defensa del interés general (MA del senado).
Principios que informan el estado autonómico:
7 principios (UCAUSICOONO):
- De unidad.
- De constitucionalidad.
- De autonomía.
- De solidaridad.
- De igualdad.
- De cooperación.
- De no federabilidad.
ORGANIZACION BÁSICA DE LAS CCAA:
3 clases de órganos:
- Consejo de gobierno.
- Asamblea legislativa.
- Presidente del Consejo.
Presidente del Consejo CCAA:
Es elegido por la asamblea entre sus miembros y nombrado por el Rey. Dirige el Consejo y es la representación máxima de la CCAA y la ordinaria del Estado en ella.
Peculiaridad del Principio de cooperación:
No esta recogido en la CE, pero el TC lo estima como esencial.
Qué son las leyes marco?
Art 150.1 CE: Ley Ordinaria dictada por las Cortes Generales que habilitan a una CCAA a legislar en su territorio en materias reservadas para el Estado. La ley establece un marco de principios, bases y directrices y un mecanismo de control sobre la norma autonómica.
Qué son las leyes de transferencia/delegación?
Art 150.2 CE: LO con la que el estado transfiere o delega a las CCAA facultades de su titularidad.
- Transferencia: atribución definitiva de la competencia.
- Delegación: temporal y susceptible a revocación.
Órganos constitucionales en nuestro OJ:
Son 5:
- Jefe de Estado.
- Parlamento.
- Gobierno.
- CGPJ.
- TC.
NO SON: partidos políticos, sindicatos, Tribunal de Cuentas, Consejo de estado ni órganos regionales.