Comp.C-A. Flashcards

1
Q

En única o primera instancia según lo dispuesto en esta ley, de los recursos que se deduzcan frente a los actos de las entidades locales o de las entidades y corporaciones dependientes o vinculadas a las mismas, excluidas las impugnaciones de cualquier clase de instrumentos de planeamiento urbanístico.

A

Juzgados de lo Contencioso-administrativo

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2
Q

En única o primera instancia de los recursos que se deduzcan frente a los actos administrativos de la Administración de las comunidades autónomas, salvo cuando procedan del respectivo Consejo de Gobierno, cuando tengan por objeto:
Cuestiones de personal, salvo que se refieran al nacimiento o extinción de la relación de servicio de funcionarios públicos de carrera.

A

Juzgados de lo Contencioso-administrativo

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3
Q

En única o primera instancia de los recursos que se deduzcan frente a los actos administrativos de la Administración de las comunidades autónomas, salvo cuando procedan del respectivo Consejo de Gobierno, cuando tengan por objeto:
Las sanciones administrativas que consistan en multas no superiores a 60.000 euros y en ceses de actividades o privación de ejercicio de derechos que no excedan de seis meses.

A

Juzgados de lo Contencioso-administrativo

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4
Q

En única o primera instancia de los recursos que se deduzcan frente a los actos administrativos de la Administración de las comunidades autónomas, salvo cuando procedan del respectivo Consejo de Gobierno, cuando tengan por objeto:
Las reclamaciones por responsabilidad patrimonial cuya cuantía no exceda de 30.050 euros.

A

Juzgados de lo Contencioso-administrativo

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5
Q

En única o primera instancia de los recursos que se deduzcan frente a disposiciones y actos de la Administración periférica del Estado y de las comunidades autónomas, contra los actos de los organismos, entes, entidades o corporaciones de derecho público, cuya competencia no se extienda a todo el territorio nacional y contra las resoluciones de los órganos superiores cuando confirmen íntegramente los dictados por aquéllos en vía de recurso, fiscalización o tutela.
Se exceptúan los actos de cuantía superior a 60.000 euros dictados por la Administración periférica del Estado y los organismos públicos estatales cuya competencia no se extienda a todo el territorio nacional, o cuando se dicten en ejercicio de sus competencias sobre dominio público, obras públicas del Estado, expropiación forzosa y propiedades especiales.

A

Juzgados de lo Contencioso-administrativo

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6
Q

De todas las resoluciones que se dicten en materia de extranjería por la Administración periférica del Estado o por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

A

Juzgados de lo Contencioso-administrativo

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7
Q

De las impugnaciones contra actos de las Juntas Electorales de Zona y de las formuladas en materia de proclamación de candidaturas y candidatos efectuada por cualquiera de las Juntas Electorales, en los términos previstos en la legislación electoral.

A

Juzgados de lo Contencioso-administrativo

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8
Q

De las autorizaciones para la entrada en domicilios y restantes lugares cuyo acceso requiera el consentimiento de su titular, siempre que ello proceda para la ejecución forzosa de actos de la administración pública, salvo que se trate de la ejecución de medidas de protección de menores acordadas por la Entidad Pública competente en la materia.

A

Juzgados de lo Contencioso-administrativo

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9
Q

De la autorización o ratificación judicial de las medidas que las autoridades sanitarias consideren urgentes y necesarias para la salud pública e impliquen privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental.

A

Juzgados de lo Contencioso-administrativo

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10
Q

De las autorizaciones para la entrada e inspección de domicilios, locales, terrenos y medios de transporte que haya sido acordada por la Comisión Nacional de la Competencia, cuando, requiriendo dicho acceso e inspección el consentimiento de su titular, éste se oponga a ello o exista riesgo de tal oposición.

A

Juzgados de lo Contencioso-administrativo

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11
Q

De los recursos que se deduzcan frente a los actos administrativos que tengan por objeto:
En primera o única instancia en las materias de personal cuando se trate de actos dictados por Ministros y Secretarios de Estado, salvo que confirmen en vía de recurso, fiscalización o tutela, actos dictados por órganos inferiores, o se refieran al nacimiento o extinción de la relación de servicio de funcionarios de carrera, o a las materias recogidas en el artículo 11.1.a) sobre personal militar.

A

Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo

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12
Q

De los recursos que se deduzcan frente a los actos administrativos que tengan por objeto:
En única o primera instancia contra los actos de los órganos centrales de la Administración General del Estado en los supuestos previstos en el apartado 2.b) del artículo 8

A

Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo

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13
Q

De los recursos que se deduzcan frente a los actos administrativos que tengan por objeto:
En primera o única instancia de los recursos contencioso-administrativos que se interpongan contra las disposiciones generales y contra los actos emanados de los organismos públicos con personalidad jurídica propia y entidades pertenecientes al sector público estatal con competencia en todo el territorio nacional, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo i) del apartado 1 del artículo 10.

A

Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo

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14
Q

De los recursos que se deduzcan frente a los actos administrativos que tengan por objeto:
En primera o única instancia, de los recursos contra las resoluciones dictadas por los Ministros y Secretarios de Estado en materia de responsabilidad patrimonial cuando lo reclamado no exceda de 30.050 euros.

A

Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo

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15
Q

De los recursos que se deduzcan frente a los actos administrativos que tengan por objeto:
En primera instancia, de las resoluciones que acuerden la inadmisión de las peticiones de asilo político.

A

Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo

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16
Q

De los recursos que se deduzcan frente a los actos administrativos que tengan por objeto:
En única o primera instancia, de las resoluciones que, en vía de fiscalización, sean dictadas por el Tribunal Administrativo del Deporte en materia de disciplina deportiva.

A

Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo

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17
Q

La autorización a que se refiere el artículo 8.2 de la Ley 34/2002 así como autorizar la ejecución de los actos adoptados por la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual para que se interrumpa la prestación de servicios de la sociedad de la información o para que se retiren contenidos que vulneren la propiedad intelectual, en aplicación de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la información y de Comercio Electrónico.

A

Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo

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18
Q

Del procedimiento previsto en el artículo 12 bis de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos.

A

Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo

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19
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Los actos de las Entidades locales y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, cuyo conocimiento no esté atribuido a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

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20
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Las disposiciones generales emanadas de las Comunidades Autónomas y de las Entidades locales.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

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21
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Los actos y disposiciones de los órganos de gobierno de las asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas, y de las instituciones autonómicas análogas al Tribunal de Cuentas y al Defensor del Pueblo, en materia de personal, administración y gestión patrimonial.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

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22
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Los actos y resoluciones dictados por los Tribunales Económico-Administrativos Regionales y Locales que pongan fin a la vía económico-administrativa.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

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23
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Las resoluciones dictadas por el Tribunal Económico-Administrativo Central en materia de tributos cedidos.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

24
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Los actos y disposiciones de las Juntas Electorales Provinciales y de Comunidades Autónomas, así como los recursos contencioso-electorales contra acuerdos de las Juntas Electorales sobre proclamación de electos y elección y proclamación de Presidentes de Corporaciones locales, en los términos de la legislación electoral.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

25
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Los convenios entre Administraciones públicas cuyas competencias se ejerzan en el ámbito territorial de la correspondiente Comunidad Autónoma.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

26
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
La prohibición o la propuesta de modificación de reuniones previstas en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, Reguladora del Derecho de Reunión.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

27
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Los actos y resoluciones dictados por órganos de la Administración General del Estado cuya competencia se extienda a todo el territorio nacional y cuyo nivel orgánico sea inferior al de Ministro o Secretario de Estado en materias de personal, propiedades especiales y expropiación forzosa.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

28
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Los actos y resoluciones de los órganos de las Comunidades Autónomas competentes para la aplicación de la Ley de Defensa de la Competencia.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

29
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Las resoluciones dictadas por el órgano competente para la resolución de recursos en materia de contratación previsto en el artículo 311 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en relación con los contratos incluidos en el ámbito competencial de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

30
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Las resoluciones dictadas por los Tribunales Administrativos Territoriales de Recursos Contractuales.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

31
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Cualesquiera otras actuaciones administrativas no atribuidas expresamente a la competencia de otros órganos de este orden jurisdiccional.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

32
Q

En segunda instancia, de las apelaciones promovidas contra sentencias y autos dictados por los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, y de los correspondientes recursos de queja.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

33
Q

De los recursos de revisión contra las sentencias firmes de los Juzgados de lo Contencioso-administrativo.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

34
Q

De las cuestiones de competencia entre los Juzgados de lo Contencioso-administrativo con sede en la Comunidad Autónoma.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

35
Q

En única instancia:
De los recursos que se deduzcan en relación con las disposiciones generales y los actos de los Ministros y de los Secretarios de Estado en general y en materia de personal cuando se refieran al nacimiento o extinción de la relación de servicio de funcionarios de carrera.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional

36
Q

En única instancia:
De los recursos contra los actos de cualesquiera órganos centrales del Ministerio de Defensa referidos a ascensos, orden y antigüedad en el escalafonamiento y destinos.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional

37
Q

En única instancia:
De los recursos contra los actos de los Ministros y Secretarios de Estado cuando rectifiquen en vía de recurso o en procedimiento de fiscalización o de tutela los dictados por órganos o entes distintos con competencia en todo el territorio nacional.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional

38
Q

En única instancia:
De los recursos en relación con los convenios entre Administraciones públicas no atribuidos a los Tribunales Superiores de Justicia.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional

39
Q

En única instancia:
De los actos de naturaleza económico-administrativa dictados por el Ministro de Economía y Hacienda y por el Tribunal Económico-Administrativo Central, con excepción de lo dispuesto en el artículo 10.1.e).

A

Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional

40
Q

En única instancia:
De los recursos contra los actos dictados por la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo, y de la autorización de prórroga de los plazos de las medidas de dicha Comisión, conforme a los previsto en la Ley de Prevención y Bloqueo de la Financiación del Terrorismo.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional

41
Q

En única instancia:
Las resoluciones dictadas por el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, con excepción de lo dispuesto en el artículo 10.1.k).

A

Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional

42
Q

En única instancia:
De los recursos contra los actos del Banco de España, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y del FROB adoptados conforme a lo previsto en la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional

43
Q

En única instancia:
De los recursos interpuestos por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en defensa de la unidad de mercado.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional

44
Q

En segunda instancia, de las apelaciones contra autos y sentencias dictados por los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo y de los correspondientes recursos de queja.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional

45
Q

De los recursos de revisión contra sentencias firmes dictadas por los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional

46
Q

De las cuestiones de competencia que se puedan plantear entre los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional

47
Q

De la solicitud de autorización al amparo del artículo 122 ter, cuando sea formulada por la Agencia Española de Protección de Datos.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional

48
Q

De la solicitud de autorización al amparo del artículo 122 ter, cuando sea formulada por la autoridad de protección de datos de la Comunidad Autónoma respectiva.

A

Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia

49
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Los actos y disposiciones del Consejo de Ministros y de las Comisiones Delegadas del Gobierno.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo

50
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Los actos y disposiciones del Consejo General del Poder Judicial.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo

51
Q

En única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con:
Los actos y disposiciones en materia de personal, administración y gestión patrimonial adoptados por los órganos competentes del Congreso de los Diputados, del Senado, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas y del Defensor del Pueblo.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo

52
Q

De los recursos de casación de cualquier modalidad, en los términos establecidos por esta Ley, y los correspondientes recursos de queja.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo

53
Q

De los recursos de casación y revisión contra las resoluciones dictadas por el Tribunal de Cuentas, con arreglo a lo establecido en su Ley de Funcionamiento.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo

54
Q

De los recursos de revisión contra sentencias firmes dictadas por las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo, salvo lo dispuesto en el artículo 61.1.1. o de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo

55
Q

De los recursos que se deduzcan en relación con los actos y disposiciones de la Junta Electoral Central, así como los recursos contencioso-electorales que se deduzcan contra los acuerdos sobre proclamación de electos en los términos previstos en la legislación electoral.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo

56
Q

De los recursos deducidos contra actos de las Juntas Electorales adoptados en el procedimiento para elección de miembros de las Salas de Gobierno de los Tribunales, en los términos de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo

57
Q

De la solicitud de autorización al amparo del artículo 122 ter, cuando sea formulada por el Consejo General del Poder Judicial.

A

Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo