Clasificación - Vínculo Jurídico - Civil y Natural Flashcards
1
Q
Obligación Civil
A
- Si el acreedor tiene una acción judicial para poder demandar al deudor en caso de un incumplimiento. Es decir tiene actio el acreedor.
- La mayoría de las obligaciones son civiles.
2
Q
Obligación Natural
A
- Si el acreedor no cuenta con acción judicial para poder demandar al deudor en caso que este no pague. El acreedor no tiene actio
- Son casos excepcionales.
3
Q
Casos de obligaciones Naturales por Nacimiento
A
- Por Nacimiento
- Ausencia de las formalidades necesarias. Ejem: Falta de los testigos que pedían el derecho romano.
- Obligaciones entre miembro de familia
- Préstamo de dinero a un alieni juris (filifamilia) (Senadoconsulto Macedoniano)
- Pupilo sin auctoritas del guardador
4
Q
Casos de obligaciones Naturales por Conversión
A
- Obligaciones que nacen como civiles pero en el camino pierde el acreedor esa facultad de actio
- Prescripción extintiva
Si el acreedor deja pasar el tiempo máximo que tiene la obligación para que este use su actio habrá una prescripción extintiva y la obligación pasará de ser civil a ser natural.
5
Q
Efectos de la Obligación Natural
A
- Retentio Solutio: Retención del pago
- El acreedor tiene el derecho de quedarse con el pago del deudor y si el deudor fuera a pedirle el pago devuelta el acreedor no tiene que pagarlo, la ley lo protege.
- Compensación-Novación
- Garantías
La obligación natural se puede garantizar a través de las prendas, hipotecas y fianzas