Causa y Forma Flashcards
Que es la causa de los contratos?
La causa, entendida como la causa fin, es la finalidad o razon de ser del negocio juricio, es decir, la finalidad que procura alcanzar cada contratante, el fin que tiene en cuenta desde antes de decidirse en contratar.
Cuales son los dos aspectos de la causa fin segun el articulo 281º?
La parte de contratos del CCCN hace una remision al articulado sobre causa de los actos juridicos, y establece una distincion entre la causa objetiva, que sera aquella cual persigue la findalidad e itneres del negocio juridico en si, y responde al para que se contrata. La causa subjetiva hace referencia a la voluntad y los motivos de las partes en el momento de la contratacion, es decir, los motivos que una parte ha considerado para contratar y ue ha hehco conocer a la otra, esta debe ser incorporada expresamente para su valdiez, o tacitamente si son esenciales para ambas partes, es decir, deben ser conocidos o cognosibles. Los motivos individuales que no han sido exteriorizados resultan ajenos y son irrelevantes.
Que caracter goza?
LA causa es un elemento esencial y por ende DEBE existir a todo momento del contrato, es idnispensable para su validez. El articulo 1013 dispone que es necesaria, y que su falta conduce, segun los casos, a la nulidad, la adcuacion o la extincion del contrato.
Si la causa es nula por solo una de las partes, esa parte no podra pdir el incumplimiento del mismo, ya que se considera que el contrato es nulo y por ende nunca existio.
Causa ilicita
La caus es ilicita cuando contraria a la moral, el orden publico o las buenas costumbres, o cuando ambas partes han concluido el contrato por un motivo ilicito o inmoral comun. Si solo una de ellas ha obrado por estos motivos, no tiene derecho a invocar el contrato frente a la otra, pero esta puede reclamar lo que ha dado, sin obligacion de cumplir lo que ha ofrecido.
La causa se presume?
La causa se presume, de forma iruis tantum, y el que la impugnare sera el que debera probarla. El articulo 282 dispone que aunque la causa no este expresada en el acto se presume su existencia mientras no se pruebe lo contraro, el acto es valido aunque la causa expresada sea falsa si se funda en otra causa verdadera.
En este caso hay causa pero falsa, y el acto sera valido si la causa simulada es licita, no perjudica a tercero y reune los requisitos propios de su categoria.
Que se entiende por frustracion de la finalidad del contrato?
La frustracion de la finalidad tiene lugar cuando en un contrato bilateral valido, de ejecucion diferida o continuada, la finalidad relevante y conocida por las partes no puede lograrse por razone sobrevinientes a su voluntad sin que medie culpa, dando lugar a la resolucion del mismo.
La vicisitud sobreviniente a su celebracion que supone una variacion de las circunstancias, provoca que una o ambas pàrtes pierdan interes en su cumplimiento, por haber quedado desprovisto del sentido originario.
Si la frustracion es temporaria, hay derecho a resolucion solo si se impide el cumplimiento oportuno de una obligacion cuyo tiempo es esencia.
Teoria de la Imprevision
Instituto tambien conocido como la teoria de la mayor onerosidad sobreviniente, tiene su fundamentacion en la buena fe contractual y el principio de equidad. Permite que, en la medida que la prestacion a cargo de una de las partes se torne excesivamente onerosa por causa extraordinarias e imprevisibles y por ende ajenar a as partes y al riesgo asumido por la afectada, dentro de un contrato conmutativo de ejecucion diferida o permanente, que el afectado pueda desligarse de su obligacion, planteando dos eventuales acciones: la resolucion total o parcial, o un reajuste o adecuacion del negocio.
Tambien se aplica a contratos aleatorios si la excesividad es ajena a su alea propia, y al tercero que contrate.
Que se entiende como forma del contrato?
La forma en sentido amplio es la materialziacion de la voluntad o la exteriorizacion en si del acuerdo de voluntades, o tambien el modo por el cual se da a concoer el consetimiento ya estructurado. en este sentido, la forma es el continente del contenido inmaterial del contrato.
Es un sentido restrictivo, la forma consiste en la solemnidad requerida legal o convencionalmente.
Que implica la forma del contrato?
La forma en todo sentido se entiende indispensable, ya que sin ella, el acuerdo contractual seria inexistente, pues no se habria exteriorizado. Como acto juridico, es necesario que exista un hecho exterior por el cual las voluntades se manifiesten.
Que prncipio rige la forma de los contratos?
El articulo 1015 dispone que solo son formales, en sentido estricto, los contratos a los cuales la ley les impone una forma determinada. La formalidad exigida para el contrato rige tambien para las modificaciones ulteriores introducidas, excepto que versen solamente sobre estipulaciones accesorias o secundarias, o existe disposicion legal en contrario.
Excepciones a la liebrtad de formas
Contratos solemnes, relativos, probatorios o informativos.
Contratos solemnes
son aquellos que supedita
Contratos relativos
Son aquellos que no exigen una formalidad como afectacion de la validez, pero constituye una obligacion en cabeza de las partes para cumplir a futuro esa formalidad que detalla. Ejemplo, boleto de compraventa obliga a escriturar. No supedita la validez a una formalidad pero si se constituye una obligacion a futuro de cumplirla. en este caso su omisión no impide la existencia del contrato, sino que obligará a las partes al cumplimiento de la formalidad establecida. La omision opera unicamente sobre la produccion de los efectos, pero no incide sobre la validez del contrato.
Contratos probatorios
cuando la forma es simplemente un requisit de prueba, la validez del contrato no esta en juego, sino solo su acreditacion. Es decir, si no se observa su forma prevista, el acto no sera nulo, sino que afectara a los fines de acredtar la existencia del acto.
Contratos informativos
se caraterizan por el deber de informacion que debe darse en una contratacion de consumo. Su fin es garantizar al contratante mas debil que llegara a sus manos la informacion suficiente sobre ua serie de extremos del contrato que celebra. Es informacion que permite al consumidor contrastar las condiciones de su contrato con las que le ofrecen en el mercado otros comerciantes para similares productos o servicios. Hace a la psoibilidad de otorgar un consentimiento lucido y limpio, saber con exactitud a que se boliga y es la contrapartida que obtiene.