Bloque II Tema 6: IRPF Flashcards

1
Q

Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

A

Ley 35/2006

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Q

Características del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (5)

A

Directo
Personal
Subjetivo
Progresivo
Periódico

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3
Q

Límite máximo en la cesión del IRPF a las CCAA

A

50%

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4
Q

¿La cuota líquida autonómica podrá ser negativa?

A

No

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5
Q

Hecho imponible del IRPF

A

La obtención de renta por el contribuyente

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6
Q

La renta del contribuyente está compuesta por: (5)

A
  1. Los rendimientos del trabajo.
  2. Los rendimientos del capital.
  3. Los rendimientos de las actividades económicas.
  4. Las ganancias y pérdidas patrimoniales.
  5. Las imputaciones de renta establecidas por ley.
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7
Q

Contribuyentes por el IRPF (2)

A
  1. Personas físicas con residencia habitual en territorio español.
    Y
  2. Personas físicas con residencia habitual en el extranjero por ser miembro de misiones diplomáticas españolas, de las oficinas consulares, representaciones permanentes, etc.
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8
Q

Aplicación del IRPF a persona que cambia la residencia fiscal a un país considerado paraíso fiscal.

A

Se le aplica en el periodo impositivo del cambio de residencia y en los 4 siguientes.

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9
Q

Periodo impositivo del IRPF

A

Año natural.

Será inferior cuando se produzca el fallecimiento del contribuyente en un día distinto al 31 de diciembre.

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10
Q

Reducción en rendimientos del trabajo o de capital

A

30% en rendimientos íntegros con un período de generación superior a dos años y los calificados reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, cuando se imputen en un único periodo impositivo.

Ejemplo: indemnización por despido

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11
Q

Cuantía máxima sobre la que se puede aplicar la reducción en rendimientos del trabajo.

A

300.000 €

En indemnizaciones por despido entre 700.000,01 y 1.000.000 € el límite es:
300.000 - (indemnización - 700.000)

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12
Q

Gastos deducibles en los rendimientos del trabajo

A
  1. Cotizaciones la SS o mutualidades generales obligatorias de funcionarios.
  2. Detracciones por derechos pasivos.
  3. Cotizaciones a colegios de huérfanos o entidades similares.
  4. Cuotas a sindicatos y colegios profesionales cuando la colegiación sea obligatoria.
  5. Gastos de defensa jurídica ocasionados por la relación laboral (límite: 300€).
  6. Otros distintos (límite: 2.000€).
  7. Desempleados inscritos en el paro que acepten trabajo en otro municipio y se tengan que mudar: 2.000€.
  8. Personas con discapacidad: 3.500 €. 7.750 si tienen grado de discapacidad superior o igual al 65% o necesitan ayuda de un tercero.
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13
Q

Rendimientos de capital son los provenientes de:

A
  1. bienes inmuebles
  2. capital mobiliario y derechos

NO AFECTOS A ACTIVIDADES ECONÓMICAS REALIZADAS POR EL CONTRIBUYENTE

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14
Q

Gastos deducibles en los rendimientos de capital inmobiliario

A
  1. Todos los gastos necesarios para la obtención de los rendimientos:
    - Intereses de capitales invertidos y gastos de financiación (por ejemplo, de una hipoteca).
    - Gastos de reparación y conservación.
    - Tasas y tributos (por ejemplo, IBI).
    - Saldos de dudoso cobro (por ejemplo, meses de alquiler no pagados).
  2. Amortización del inmueble.
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15
Q

Si el importe total a deducir excede de la cuantía de los rendimientos de capital inmobiliario obtenidos, ¿qué sucede?

A

El exceso se podrá deducir en los cuatro años siguientes.

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16
Q

Reducción del rendimiento neto positivo en arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda

A

60%

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17
Q

Imputación de renta inmobiliaria

(inmuebles sin uso)

A

2% del valor catastral.

El 1,1% si el valor catastral ha sido revisado o carece de valor catastral.

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18
Q

Si un inmueble carece de valor catastral, ¿sobre qué se aplica el 1,1% de imputación de renta?

A

Sobre el 50% del mayor de:
- el valor de adquisición
- el valor del inmueble a efectos de otros tributos

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19
Q

¿Cuándo se considera que el arrendamiento de inmuebles se realiza como actividad económica?

A

Únicamente cuando se tenga, al menos, una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa.

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20
Q

Métodos de determinación de los rendimientos de actividades económicas

A
  1. Estimación directa (normal o simplificada)
  2. Estimación objetiva
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21
Q

Límite de importe neto de cifra de negocios para aplicar la modalidad simplificada de estimación directa

A

600.000€

22
Q

Actividades a las que se puede aplicar la estimación objetiva

A

Agrícolas, ganaderas y forestales

23
Q

Premios exentos del gravamen especial de loterías y apuestas

A

Cuantía igual o inferior a 40.000€

24
Q

Base imponible del gravamen especial de loterías y apuestas

A

Importe que exceda de la cuantía exenta (40.000€)

25
Q

Tipo impositivo del gravamen especial de loterías y apuestas

A

20%

26
Q

¿A qué periodo impositivo se imputarán los importes no satisfechos de una renta por encontrarse pendiente de resolución judicial la determinación del derecho a su percepción o su cuantía?

A

Al periodo impositivo en que la resolución judicial adquiera firmeza

27
Q

¿A qué periodo impositivo se imputarán los rendimientos del trabajo que se perciban, por causas justificadas no imputables al contribuyente, en periodos impositivos distintos a aquellos en que fueron exigibles?

A

A los periodos en los que fueron exigibles, mediante declaración complementaria.

28
Q

¿A qué periodo impositivo se imputarán las ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas?

A

Al periodo impositivo en que se cobren

29
Q

Reducciones en tributación conjunta

A

3.400€ en matrimonios

2.150€ en familias monoparentales

30
Q

Mínimo por contribuyente

A

5.550€
+1,150 si >65 años
++1.400 si >75 años

31
Q

Requisitos para el mínimo por descendientes

A

Descendientes menores de 25 años o con discapacidad
que convivan con el contribuyente
y no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000€.

32
Q

Mínimo por descendientes

A

2.400€ por el primero
2.700 por el segundo
4.000 por el tercero
4.500 por los siguientes

+2.800 si descendiente < 3 años

33
Q

Requisitos para el mínimo por ascendientes

A

Ascendientes mayores de 65 años o con discapacidad
que convivan con el contribuyente
y no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000€.

También cuando con discapacidad esté internado en centro especializado

34
Q

Mínimo por ascendientes

A

1.150€
+1.400 si ascendiente > 75 años

35
Q

Mínimo por discapacidad

A

3.000€

9.000€ si grado de discapacidad igual o superior al 65%

+3000€ si acredita movilidad reducida o dependencia de tercero o el grado de discapacidad es igual o superior al 65%

36
Q

Mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes

A

3.000€

9.000€ si grado de discapacidad igual o superior al 65%

+3000€ si acredita movilidad reducida o dependencia de tercero o el grado de discapacidad es igual o superior al 65%

37
Q

Para la aplicación del mínimo por ascendientes, ¿cuánto tiempo es necesario que éstos convivan con el contribuyente?

A

Al menos la mitad del periodo impositivo

En caso de fallecimiento del ascendente: la mitad del periodo transcurrido entre el inicio del periodo impositivo y la fecha de fallecimiento.

38
Q

No procederá la aplicación del mínimo por descendientes, ascendientes o discapacidad cuando los ascendientes o descendientes que generen derecho a los mismos presenten declaración por este impuesto con rentas superiores a…

A

1.800€

39
Q

¿Las anualidades por alimentos fijadas a favor de los hijos y satisfechas por el contribuyente reducen la base imponible general del pagador?

A

No.

(Sí se tienen en cuenta para calcular la cuota íntegra estatal y autonómica)

40
Q

¿Las pensiones compensatorias satisfechas por el contribuyente reducen la base imponible general del pagador?

A

41
Q

¿Las anualidades por alimentos fijadas en favor de personas distintas de los hijos y satisfechas por el contribuyente reducen la base imponible general del pagador?

A

42
Q

¿Quién puede aplicar la deducción por maternidad? Requisitos

A
  1. Mujeres con hijos menores de 3 años
    - con derecho al mínimo por descendientes
    - no en el paro y de alta en la SS
  2. El padre o tutor, en caso de fallecimiento de la madre o cuando ostente la guarda o custodia exclusiva, y cumpla los requisitos anteriores.
43
Q

Cuantía de la deducción por maternidad

A

hasta 1.200€ al año

(100€/mes)

44
Q

Incremento de la deducción por maternidad por gastos de guardería

A

hasta 1.000€ al año

45
Q

Para tener derecho a la deducción por el cónyuge no separado legalmente con discapacidad, éste no debe tener rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a…

A

8.000€

46
Q

Cuantía de la deducción por descendientes o ascendiente con discapacidad a cargo

A

hasta 1.200€ al año por descendiente o ascendiente con discapacidad a cargo

47
Q

Cuantía de la deducción por familia numerosa

A

hasta 1.200€ al año
2.400 si es de categoría especial
+600€ por cada hijo “excedente”

48
Q

Cuantía de la deducción por ascendiente separado legalmente o sin vínculo matrimonial con dos hijos, sin derecho a percibir anualidades por alimentos

A

hasta 1.200€ al año por hijo

49
Q

Cuantía de la deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad

A

hasta 1.200€ al año

50
Q

¿Cuál es el límite de las deducciones?

A

El importe de las cotizaciones y cuotas totales a la SS o Mutualidad devengadas en durante el tiempo que se tiene derecho a la deducción.