Bienes Flashcards
Diferencia entre cosa y bien
Cosa es todo lo que existe a excepción del hombre y bienes son cosas que prestando una utilidad económica para el hombre son susceptibles de apropiación
Clasificación de los bienes según su naturaleza
Corporales
Incorporales
Las cosas incorporales pueden ser :
Derechos reales
Derechos personales o créditos
Dominio
-Art 582 cc
El dominio ( que se llama también propiedad ) es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella arbitrariamente; no siendo contra la ley o contra derecho ajeno.
La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad.
Características del dominio
Derecho real
Derecho absoluto
Derecho perpetuo
Derecho exclusivo y excluyente
Facultades o atributos inherentes al dominio
Facultad de uso
Facultad de goce
Facultad de disposición
Clasificación del dominio conforme a su extensión
Propiedad plena: es aquella que tiene el dueño de la cosa y comprende todas las facultades del dominio.
Nuda propiedad: es la separada del goce actual de la cosa, está propiedad sólo comprende la facultad de disposición.
Clasificación del dominio conforme a su certeza o duración
Propiedad absoluta: es aquella que no está sometida a ningún evento o condición de la cual dependa su existencia o duración.
Propiedad fiduciaria: es aquella que está sometida al evento de pasar a otra persona por el hecho de cumplirse la condición.
Clasificación del dominio conforme al titular
Propiedad individual: es aquella en que el titular del derecho de propiedad sobre una cosa es la misma persona.
Copropiedad: es aquella en que el titular del derecho sobre una misma cosa es plural.
Extinción del dominio
- Modos absolutos:
Destruccion se la cosa
Recuperación de la libertad de los animales cautivos o domesticados
Especies al parecer perdidas
Incomerciabilidad
Abandono - Modos relativos
Tradición con todos los títulos traslaticios
Habitualmente se incluyen diversas formas de accesión, expropiación, prescripción, etc
Posesión
-Art 700 cc
La tenencia de una cosa determinada con ánimo de señor o dueño, sea que el dueño o el que se da por tal tenga la cosa por si mismo o por otra persona que la tenga en lugar y a nombre de el.
El poseedor es reputado dueño, mientras otra persona no justifica serlo.
Elementos de la posesión
Elemento externo: corpus
Elemento interno: animus