ARTICULO 18: Derecho al honor, a la intimidad e inviolabilidad del domicilio Flashcards
¿Qué derechos garantiza el artículo 18 de la Constitución?
- Al honor (dignidad, buen nombre)
- A la intimidad personal y familiar (como reducto más privado de la vida)
- A la propia imagen (como el derecho a decidir sobre nuestra propia imagen).
¿Cómo se considera el domicilio de las personas?
Inviolable. Ninguna entrada o registro podrá realizarse sin el consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
¿Se garantiza el secreto de las comunicaciones?
Sí, sobre todo en las postales, telegráficas y telefónicas y electrónicas, salvo resolución judicial motivada.
¿Cuándo considera que se está vulnerando el derecho de privacidad de las comunicaciones?
Cuando es un tercer quien escucha o graba la conversación.
Si es uno de los interlocutores quien lo hace, no se considera vulneración del derecho.
¿Cómo se limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos?
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.