ANTECEDENTES Flashcards
LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LA ADM.DEL ESTADO
PUBLICADA EL 5 DE DIC. DE 1986 Y MODIFICADA EL 20 DE AGOST. DEL 2008 A TRAVES DE LA LEY 20.285
ESTA CONSTITUIDA
-MINISTERIOS
-INTENDENCIAS
-GOBERNACIONES
-SERV.PÚBLICOS
-CGR
-BANCO CENTRAL
-FUERZAS ARMADAS
-FUERZAS DE ORDEN Y SEGURIDAD PÚBLICA
-GOB.REGIONALES
-MUNICIPALIDADES
SUSTENTO JURIDICO
24 MINISTERIOS
FUNCIONES
LOS MINISTERIOS SON ORGANOS SUPERIORES DE COLABORACION CON EL PRESIDENTE, DEBEN PROPONER Y EVALUAR POLITICAS Y PLANES CORRESPONDIENTES ESTUDIAR Y PROPONER NORMAS APLICABLES A LOS SECTORES A SU CARGO, VELAR POR EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DICTADAS, ASIGNAR RECURSOS Y FISCALIZAR LAS ACT. DEL RESPECTIVO SECTOR
MINISTERIO ORGANO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN
MINISTROS
COLABORADORES DIRECTOS E INMEDIATOS DEL PRESIDENTE, CONDUCCIÓN DE LOS MINISTERIOS, EL MINISTRO SERA SUBROGADO POR EL SUBSECRETARIO EN CASO DE MAS DE UNO, SUBROGA EL MAS ANTIGUO, SALVO QUE EL PRESIDENTE DESIGNE OTRO SECRETARIO DE ESTADO O LA LEY ESTABLEZCA PARA MINISTERIOS DETERMINADOS OTRA FORMA DE SUBROGACIÓN
FINALIDAD DE LA ADM.DEL ESTADO
AL SERVICIO DE LA PERSONA HUMANA, PROMOVER EL BIEN COMUN, ATENDIENDO NECESIDADES PÚBLICAS DE FORMA CONTINUA Y PERMANENTE, A TRAVES DEL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION Y LA LEY
PRINCIPIOS RECTORES
-RESPONSABILIDAD
-EFICIENCIA
-COORDINACIÓN
-PROBIDAD, TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD
-IMPULSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
-IMPUGNACIÓN
-CONTROL
PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD
EL ESTADO SERA RESPONSABLE POR LOS DAÑOS QUE CAUSEN LOS ORGANOS DE LA ADM. EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, SIN PREJUICIO DE LA RESPONSABILIDAD QUE PUDIEREN AFECTAR AL FUNCIONARIO QUE LOS HUBIERE OCASIONADO
PRINCIPIO DE EFICIENCIA
LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS DEBERAN VELAR POR EL EFICIENTE E IDONEA ADMINISTRACION DE LOS MEDIOS PUBLICOS Y POR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LA FUNCIÓN PUBLICA
PRINCIPIO DE COORDINACIÓN
LOS ORGANOS DE LA ADM. DEL ESTADO DEBERAN CUMPLIR SUS COMETIDOS COORDINADAMENTE Y PROPENDER A LA UNIDAD DE ACCIÓN, EVITANDO LA DUPLICACIÓN O INTERFERENCIA DE FUNCIONES
PRINCIPIO DE IMPULSION DE PROCEDIMIENTO
EL ESTADO PODRA PARTICIPAR Y TENER REPRESENTACION EN ENTIDADES QUE NO FORMEN PARTE DE SU ADM. SOLO EN VIRTUD QUE LA LEY LO AUTORICE, LA QUE DEBERA SER DE QUORUM CALIFICADO SI ESAS ENTIDADES DESARROLLAN ACT. EMPRESARIALES
LAS ENTIDAD NO PODRAN EJERCER POTESTAD PÚBLICAS
PRINCIPIO DE IMPUGNABILIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
LOS ACTOS ADM. SERAN IMPUGNABLES MEDIANTE LOS RECURSOS QUE ESTABLEZCA LA LEY, SE PODRA PONER EL RECURSO DE REPOSICION
PRINCIPIO DE CONTROL
LAS AUTORIDADES Y JEFATURAS EJERCERAN UN CONTROL JERÁRQUICO PERMANENTE DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS ORGANISMOS Y DE LA ACTUACIÓN DEL PERSONAL DE SU DEPENDENCIA, ESTE CONTROL SE EXTENDERA TANTO EN EFICIENCIA Y EFICACIA
PRINCIPIO DE PROBIDAD, TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD ADMINISTRATIVA
PROBIDAD OBSERVAR UNA CONDUCTA INTACHABLE Y DESEMPEÑO HONESTO Y LEAL DE LA FUNCION Y CARGO
TRANSPARENCIA PERMITA Y PROMUEVA EL CONOCIMIENTO DE LOS PROCEDIMIENTOS, CONTENIDOS Y FUNDAMENTOS DE LAS DECISIONES QUE SE ADOPTEN EN EJERCICIO DE ELLA
LOS ACTOS Y DOCUMENTOS SON PUBLICOS
LA LEY 20.285 REGULA EL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA , EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN DE LOS ORG.DE LA ADM.DEL ESTADO,
ES PUBLICA LA INFORMACIÓN CON PRESUPUESTO PUBLICO,
INHABILIDADES E IMCOMPATIBILIDADES ADM.
**PERSONAS QUE TENGAN VIGENTE O SUSCRIBAN POR SI O POR TERCEROS, CONTRATOS O CAUCIONES ASCENDENTES A 200 UTM CON EL RESPECTIVO ORGANISMO DE LA ADM.PUBLICA
LITIGIOS PENDIENTES CON LA INSTITUCION, A MENOS QUE SE REFIERA A DERECHOS PROPIOS, DE SU CÓNYUGE, HIJOS, ADOPTADOS O PARIENTES HASTA EL TERCER GRADO DE CONSAGUINIDAD Y SEGUNDO DE AFINIDAD INCLUSIVE
ESTO TAMBIEN PARA LOS DIRECTORES, ADMINISTRADORES, REPRESENTANTES Y SOCIOS TITULARES DEL 10% O MAS DE LOS DERECHOS DE CUALQUIER SOCIEDAD, CUANDO ESTAS TENGAN CONTRATO Y CAUCIONES VIGENTES ASCENDIENTES A 200 UTM
**LAS PERSONAS QUE TENGAN CALIDAD DE CÓNYUGE, HIJOS, ADOPTADOS O PARIENTES HASTA EL TERCER GRADO DE CONSAGUINIDAD Y SEGUNDO DE AFINIDAD INCLUSIVE RESPECTO DE LAS AUTORIDADES Y DE LOS FUNCIONARIOS DIRECTIVOS DEL ORG. DE LA ADM. CIVIL DEL ESTADO AL QUE POSTULAN HASTA EL NIVEL DE JEFE DE DPTO O SU EQUIVALENTE.
-LAS PERSONAS QUE SE HALLEN CONDENADAS POR CRIMEN O SIMPLE DELITO
-SON INCOMPATIBLES LAS ACTIVIDADES DE LAS EX AUTORIDADES O EX FUNCIONARIOS DE UNA INSTITUCIÓN FISCALIZADORA QUE IMPLIQUEN UNA RELACION LABORAL CON ENTIDADES DEL SECTOR PRIVADO SUJETAS A LA FISCALIZACIÓN DE ESE ORGANISMO. SE MANTENDRA ESTA INCOMPATIBILIDAD HASTA 6 MESES DESPUES DE HABER EXPIRADO EN FUNCIONES