ANALISIS CONSTITUCION 1978 Flashcards
¿Qué es la constitución de 1978?
La constitución es un sistema de normas y leyes que rige el sistema de gobierno, económico y de sociedad. Es determinante atender el contexto de la misma y con el fin de poderla entender mejor. Toda constitución tiene su parte dogmáticas y orgánica. La dogmática hace referencia a aquellas principios irrenunciables y que no se pueden poner en entredicho. Esta constitución bebe y es influenciada por las principales constituciones de corte liberal en occidente. Esta dispone de 10 títulos mas la dogmática, añadiéndole las disposiciones adicionales, transitorios, derrogativa y final.
¿ Por que se da la constitución?
Cuando Franco murió, Juan Carlos I incido la transición hacia la democracia.
UCD fue el partido garante del cambio, con el apoyo del resto de partidos ( PSOE,PCE)
En 1977 Adolfo Suárez gana ( la sociedad española no quería extremismos políticos) en estas elecciones ERC no se presenta.
Se crea una ponencia constitucional ya que el parlamento se había otorgado el poder constitucional (UCD Herrero de miñón, Cisneros, AP Fraga, PCE toles sura, PSOE peces barbas.
La constitución es ambigua, extensa ya que alberga derechos sociales, propiedad privada, centralismo- autonomismo
Influencias de la constitución 1978
- II Republica el tribunal constitucional
- Portugal y Grecia la generación de derechos sociales ( políticos, sociales, individuales)
- Alemania constitución ante tribunales
- Holanda y Bélgica jefe de estado y los poderes
- Francia los decreto ley
-Suecia la figura de defensor del pueblo
Titulo preliminar y titulo I
Preámbulo hecho por Tierno Galván que define a España cómo un estado sociales y democrático de derecho.
Preliminar:
-Capital
-Bandera
-Idioma
-interlocución política ( p.p/ sindicato)
- art 2
- derecho autonomía
Titulo I:
Derechos sociales ( sufragio ,vivienda, presentaciones esenciales, reunión, asociación, libertad de catedra)
-elección educación hijos
- región privada pero para legislar sentimiento mayoritario
Titulo II y III
Titulo II - La corona
Garcia de Enterría lo definía como una jefatura de estado fuerte
-Corona símbolo de España en el exterior
-acredita embajadores
Mando supremo FFAA
ley semisalica ( excepción Fernando v y vii)
Contradicción articulo I ¿ igualdad ante la ley?
Titulo III: Es un hecho simbólico antes que el ejecutivo en la constitución
Sufragio universal ( d´hont)
no se articula la ley electoral en el
El legislativo esta compuesto de las cortes, el congreso y el senado.
El congreso ( 300 -400) circunscripción provincia
El senado provincia 3 senadores por provincias ( 50) mas los senadores por CCAA uno por cada una mas el adicional por población
Solozábal “ monocameral ismo duplicado”
Titulo IV y V
Titulo IV composición gobierno y funciones:
Vicepresidentes, Ministros dirigen la administración
los altos cargos de la admin son designación política
Titulo V: nombrar gobierno y la opción de moción de censura desde una perspectiva constructiva.
Separación de poderes ( teoría clásica liberal como Locke y Montesquieu)
la relación queda diluida entre ambos poderes del estado. Existe una dinámica electoral y partidista donde las cortes y el gobierno queda diluido. Cuando existe un gobierno con mayoría absoluta será mucho mas fácil enmendar.
Además la intervención económica del estado como el tribunal de cuentas la agencia tributaria que son completamente dependientes del ministerio de economía.
Titulo VI y VII
VI poder judicial:
Es una compleja jerarquía existente. Esto abarca desde los juzgados de paz hasta el tribunal constitucional pasando por juzgados de 1era instancia o audiencias provinciales.
Por otro lado el CGPJ es escogido por las cortes que son quienes proponen a candidatos, lo cual pone en entredicho la “ imparcialidad jurídica”. Los jueces o fiscales progresistas/ conservadores según el gobierno que ostente el poder ejecutivo
VII Asuntos económicos: satisfacer impuestos cuando sean requeridos ( auto, provincia CCAA) Se dispone de una economía mixta con postulados keynesianos donde existe un poder intervencionista para regular el libre mercado y distribuir la riqueza
Titulo VIII y IX
VIII Estatuto autonomías:
Articulo 2 ( indisoluble unidad de España)
El sentimiento autonómica en ciertas regiones era mas fuerte. Por otro lado los sectores conservadores aludían a que el centralismo era parte de la cultura de España
Dos vías para alcanzar el estatuto de autonomía ( 151 y 153) Por este segundo había que esperar 5 años para alcanzar x números de competencia. Por la otra vía entraron Cataluña. Euskadi, Galicia ( habían plebiscitado durante la II republica) y se coló Andalucía ( anécdota Almería)
IX TC: El tribunal constitucional esta compuesto de 12 miembros, que son jueces o profes universitarios ( con reconocimiento y prestigio) Estos son nombrados a tercios por gobierno, congreso, CGPJ ( ¿ injerencia de poderes)
Se renueva cada 9 años y este se hace a tercios. El TC es el responsable de la resolución de conflictos entre CCAA y estado.
El recurso de inconstitucionalidad puede ser abierto por 50 diputados, el gobierno o el defensor del pueblo. Además del recurso de amparo ante resoluciones de la audiencia nacional.
Titulo X
Este titulo hace referencia a la reforma constitucional. Hay dos modelos de reforma:
el primero de ello de una parte orgánica 2/3 de la cámara
y por otro lado para modificar la parte dogmática 3/5 de congreso y senado, una vez se aprobado por ambas, la disolución de la cámara y una nueva aprobación para que seguidamente sea ratificado por el pueblo.
Toda esta rigidiz a la hora de la refroma por otro lado es visto como un garante de estabilidad. Se añade la posibilidad de un órgano común entre Navarra y Pais Vasco y el carácter peculiar de Ceuta y melilla.
La iniciativa popular como medio de participación (necesarias 500.000 firmas) exentos temas como economía, justicia o política exterior.
Nuestra constitución se caracteriza por ser avanzada en DDHH , el legislativo poseer la soberanía nacional es por ello que tenemos el deber defenderla por convicción moral. La prueba de su estabilidad son lo 30 años de vigencia que posee. Si algo queda pendiente esta claro que es la reforma del senado