Agentes del Sistema Flashcards

1
Q

Es el encargado del Sistema de Protección de las Infraestructuras Críticas Nacionales (auxiliado por la Dirección General de Coordinación y Estudios del Ministerio del Interior)

A

Secretaría de Estado de Seguridad

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2
Q

Diseña y dirige la estrategia nacional de protección de infraestructuras críticas

A

Secretaría de Estado de Seguridad

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3
Q

Aprueba el Plan Nacional de Protección de las Infraestructuras Críticas y dirige su aplicación, declarando en su caso los niveles de seguridad a establecer en cada momento, conforme al contenido de dicho Plan y en coordinación con el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista

A

Secretaría de Estado de Seguridad

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4
Q

Aprueba los Planes de Seguridad del Operador y sus actualizaciones a propuesta del CNPIC

A

Secretaría de Estado de Seguridad

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5
Q

Aprueba los diferentes Planes de Protección Específicos o las propuestas de mejora de estos a propuesta del CNPIC

A

Secretaría de Estado de Seguridad

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6
Q

Aprueba los Planes de Apoyo Operativos, y supervisa y coordina la implantación de los mismos y aquellas otras medidas que deban activarse por las FCS y las Fuerzas Armadas, como por los propios responsables de seguridad de los operadores críticos

A

Secretaría de Estado de Seguridad

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7
Q

Aprueba, previo informe del CNPIC, la declaración de una zona como crítica, a propuesta de las Delegaciones del Gobierno y las ciudades con Estatuto de Autonomía, o de CCAA con competencia para protección de personas y bienes y mantenimiento de orden público

A

Secretaría de Estado de Seguridad

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8
Q

Identifica los diferentes ámbitos de responsabilidad en la protección de infraestructuras críticas; analizando los mecanismos de prevención y respuesta previstos por cada uno de los actores implicados

A

Secretaría de Estado de Seguridad

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9
Q

Emite las instrucciones y protocolos de colaboración dirigidos tanto al personal y órganos ajenos al MIR como a los operadores de las infraestructuras estratégicas, así como fomentar la adopción de buenas prácticas

A

Secretaría de Estado de Seguridad

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10
Q

Responde al cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por España en el marco de la Directiva 2008/114/CE, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Ministerio de Asuntos Exteriores

A

Secretaría de Estado de Seguridad

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11
Q

Supervisa, en el ámbito de aplicación de este reglamento, los proyectos y estudios de interés y coordina la participación en programas financieros y subvenciones procedentes de la UE

A

Secretaría de Estado de Seguridad

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12
Q

Colabora con los Ministerios y organismos integrados en el Sistema en la elaboración de toda norma sectorial que se dicte en desarrollo de la Ley 8/2011 y el reglamento

A

Secretaría de Estado de Seguridad

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13
Q

Cualesquiera otras funciones que, eventualmente, pudieran acordarse por la Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis

A

Secretaría de Estado de Seguridad

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14
Q

Órgano ministerial encargado del impulso, coordinación y supervisión de todas las actividades que tiene encomendada la SES en relación con la protección de infraestructuras a nivel nacional

A

CNPIC

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15
Q

Realización de altas, bajas y modificaciones de infraestructuras en el Catálogo, determinación de la criticidad de las infraestructuras estratégicas incluidas en el mismo

A

CNPIC

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16
Q

Ejecuta y mantiene actualizado el Plan Nacional de Protección de las Infraestructuras Críticas

A

CNPIC

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17
Q

Determina la criticidad de las infraestructuras estratégicas incluidas en el Catálogo, y eleva al SES u órgano en quien delegue, las propuestas para la declaración de una zona crítica que se efectúen

A

CNPIC

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18
Q

Dirige y coordina los análisis de riesgos realizados por organismos especializados, sobre cada sector estratégico en el marco de los Planes Estratégicos Sectoriales, para su estudio y deliberación por el Grupo de Trabajo Interdepartamental

19
Q

Establece los contenidos mínimos de los PSO, PPE y PAO y supervisa el proceso de elaboración de estos

20
Q

Evalúa los PSO y los propone, en su caso, para su aprobación al SES u órgano en quien delegue

21
Q

Analiza los PPE facilitados por los operadores críticos respecto a las diferentes infraestructuras críticas o europeas de su titularidad y proponerlos, en su caso, para su aprobación al SES u órgano en quien delegue

22
Q

Valida los PAO diseñados para cada una de las infraestructuras críticas existentes en el territorio nacional por el cuerpo policial estatal o autonómico correspondiente previo informe de las Delegaciones del Gobierno o CCAA con competencia

23
Q

Implanta, bajo el principio general de confidencialidad, mecanismos permanentes de información, alerta y comunicación con todos los agentes del Sistema

24
Q

Recopila, analiza, integra y valora la información sobre infraestructuras estratégicas procedente de instituciones públicas, servicios policiales, operadores y de los diversos instrumentos de cooperación internacional para su remisión al Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista del MIR u otros organismos autorizados

25
Q

Coordina los trabajos y participación de expertos en los diferentes grupos de trabajo y reuniones sobre protección de infraestructuras críticas, en los ámbitos nacional e internacional

26
Q

Es el Punto Nacional de Contacto con organismos internacionales y con la Comisión Europea, así como elevar a esta, previa consulta al Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista, los informes sobre evaluación de amenazas y tipos de vulnerabilidades y riesgos de los sectores en los que se hayan designado infraestructuras críticas europeas

27
Q

Se designará al menos uno de la AGE por cada sector estratégico

A

Ministerio

28
Q

Serán los encargados, junto con organismos del Sistema, de impulsar, en el ámbito de sus competencias, las políticas de seguridad del Gobierno sobre los distintos sectores estratégicos nacionales y de velar por su aplicación, actuando igualmente como puntos de contacto especializados en la materia.

A

Ministerio

29
Q

Desarrollarán, sobre las infraestructuras ubicadas en su territorio, aquellas facultades relativas a la coordinación de los cuerpos policiales autonómicos y, en su caso, a la activación por aquellos del PAO que corresponda para responder ante una alerta de seguridad

A

Delegaciones del Gobierno en las CCAA y ciudades con Estatuto de Autonomía

30
Q

Intervención, a través de las FCS, en la implantación de diferentes Planes de Protección Específicos y de Apoyo Operativo

A

Delegaciones del Gobierno en las CCAA y ciudades con Estatuto de Autonomía

31
Q

Proponen a la SES a través del CNPIC la declaración de una zona crítica sobre la base de la existencia de varias infraestructuras críticas o infraestructuras críticas europeas en una zona geográfica continua, con el fin de lograr una protección coordinada entre los diferentes operadores titulares y las FCS

A

Delegaciones del Gobierno en las CCAA y ciudades con Estatuto de Autonomía

32
Q

Elabora, con la colaboración de los agentes del Sistema afectados y el asesoramiento técnico pertinente, los diferentes PES para su presentación a la Comisión

A

Grupo de Trabajo Interdepartamental

33
Q

Propone a la Comisión la creación, modificación o supresión de grupos de trabajo sectoriales o de carácter técnico, supervisando, coordinando y efectuando el seguimiento de los mismos y de sus trabajos e informando oportunamente de los resultados obtenidos a la Comisión

A

Grupo de Trabajo Interdepartamental

34
Q

Propone a la Comisión la designación de los operadores críticos por cada uno de los sectores estratégicos definidos

A

Grupo de Trabajo Interdepartamental

35
Q

Se reúne al menos 2 veces al año, con carácter ordinario, y de forma extraordinaria cuando así se considere oportuno a convocatoria de su Presidente, quien determinará el orden del día de la reunión

A

Grupo de Trabajo Interdepartamental

36
Q

Órgano colegiado adscrito a la SES y presidido por el SES que aprueba los diferentes Planes Estratégicos Sectoriales, así como para designar a los operadores críticos a propuesta del Grupo de Trabajo Interdepartamental para la Protección de Infraestructuras Críticas

A

Comisión Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas

37
Q

Se reúne 1 vez al año ordinariamente, y de forma extraordinaria cuando así se considere oportuno, previa convocatoria de su presidente, quien determinará el orden del día de la reunión

A

Comisión Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas

38
Q

Asistida por el Grupo de Trabajo Interdepartamental para la Protección de las Infraestructuras Críticas

A

Comisión Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas

39
Q

Asesoramiento técnico al MIR, a través del CNPIC, en valoración de las infraestructuras propias que se aporten al Catálogo, actualizando los datos disponibles con una periodicidad anual, y en todo caso, a requerimiento del citado Ministerio

A

Operadores críticos

40
Q

Elaborar el Plan de Seguridad del Operador

A

Operadores críticos

41
Q

Elaborar, según se disponga reglamentariamente, un Plan de Protección Específico por cada una de las infraestructuras consideradas como críticas en el Catálogo

A

Operadores críticos

42
Q

Designar a un Responsable de Seguridad y Enlace (plazo 3 meses) que debe contar con la habilitación de un Director de Seguridad que expide el MIR

A

Operadores críticos

43
Q

Designar a un Delegado de Seguridad por cada una de sus infraestructuras consideradas críticas o críticas europeas por el MIR, comunicando su designación a los órganos correspondientes

A

Operadores críticos