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¿Qué es la administración extraordinaria de la sociedad conyugal?
Es aquella que corresponde a la mujer o a un tercero como curador del marido, en caso de impedimento de larga o indefinida duración.
¿Cuándo tiene lugar la administración extraordinaria de la sociedad conyugal?
Cuando se ha nombrado un curador al marido debido a impedimento de larga o indefinida duración.
¿Cuáles son los casos en que se puede nombrar un curador al marido?
- Si es menor de edad
- Si ha sido declarado en interdicción
- Por encontrarse ausente
¿En qué casos el curador es la mujer?
- Demencia del marido
- Sordera o sordomudez del marido
- Minoría de edad del marido
- Ausencia del marido
¿En qué caso el curador es un tercero?
Cuando la mujer está excusada o incapacitada para servir como curador.
¿Qué debe hacer la mujer que administra la sociedad conyugal?
Rendir cuenta de su administración y responde de la culpa leve.
¿Cómo se diferencia la administración de bienes sociales y de bienes propios?
La administración de bienes sociales se realiza con iguales facultades que el marido, mientras que la administración de bienes propios sigue reglas de curaduría.
¿Qué autorización se requiere para enajenar o gravar bienes raíces sociales?
Requiere autorización judicial.
¿Cuáles son las sanciones por ejecutar actos sin autorización judicial?
- Nulidad relativa
- Inoponibilidad de actos respecto al marido y sus herederos
¿Qué ocurre si se arrenda o cede la tenencia de bienes raíces sociales sin autorización?
La sanción es la inoponibilidad para el marido y sus herederos más allá de los plazos respectivos.
¿Qué facultades tiene la mujer para administrar los bienes propios del marido?
Requiere autorización judicial para enajenar y gravar bienes raíces o empeñar bienes muebles preciosos.
¿Cómo se rige la administración del tercero que administra extraordinariamente?
Se sujeta a las normas del Título XXI del Libro I, art. 390 y siguientes.
Fill in the blank: La administración extraordinaria cesa cuando _______.
cesa la causa de la administración extraordinaria.
¿Qué debe hacer el marido para recobrar sus facultades administrativas?
Obtener un decreto judicial.