Actividades SP / Compatibles / Excluidas Flashcards
La vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas que pudieran encontrarse en los mismos
Actividades de Seguridad Privada [art 5]
Únicamente podrán prestarse por empresas de seguridad privada, sin perjuicio de las competencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
El acompañamiento, defensa y protección de personas físicas determinadas, incluidas las que ostenten la condición legal de autoridad
Actividades de Seguridad Privada [art 5]
Únicamente podrán prestarse por empresas de seguridad privada, sin perjuicio de las competencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
El depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes, títulos-valores, joyas, metales preciosos, antigüedades, obras de arte u otros objetos que, por su valor económico, histórico o cultural, y expectativas que generen, puedan requerir vigilancia y protección especial
Actividades de Seguridad Privada [art 5]
Únicamente podrán prestarse por empresas de seguridad privada, sin perjuicio de las competencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
El depósito y custodia de explosivos, armas, cartuchería metálica, sustancias, materias, mercancías y cualesquiera objetos que por su peligrosidad precisen de vigilancia y protección especial
Actividades de Seguridad Privada [art 5]
Únicamente podrán prestarse por empresas de seguridad privada, sin perjuicio de las competencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
El transporte y distribución de los objetos a que se refieren los dos párrafos anteriores [dinero, joyas / cartuchería]
Actividades de Seguridad Privada [art 5]
Únicamente podrán prestarse por empresas de seguridad privada, sin perjuicio de las competencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
La instalación y mantenimiento de aparatos, equipos, dispositivos y sistemas de seguridad conectados a centrales receptoras de alarmas o a centros de control o de videovigilancia
Actividades de Seguridad Privada [art 5]
Únicamente podrán prestarse por empresas de seguridad privada, sin perjuicio de las competencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
La explotación de centrales para la conexión, recepción, verificación y, en su caso, respuesta y transmisión de las señales de alarma, así como la monitorización de cualesquiera señales de dispositivos auxiliares para la seguridad de personas, de bienes muebles o inmuebles o de cumplimiento de medidas impuestas, y la comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes en estos casos
Actividades de Seguridad Privada [art 5]
Únicamente podrán prestarse por empresas de seguridad privada, sin perjuicio de las competencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
La investigación privada en relación a personas, hechos o delitos sólo perseguibles a instancia de parte
Actividades de Seguridad Privada [art 5]
Los despachos de detectives podrán prestar, con carácter EXCLUSIVO y EXCLUYENTE
La fabricación, comercialización, venta, entrega, instalación o mantenimiento de elementos o productos de seguridad y de cerrajería de seguridad
Actividades Compatibles [art 6]
Podrán desarrollarse por las empresas de seguridad privada.
La fabricación, comercialización, venta o entrega de equipos técnicos de seguridad electrónica, así como la instalación o mantenimiento de dichos equipos siempre que NO estén conectados a centrales de alarma o centros de control o de videovigilancia
Actividades Compatibles [art 6]
Podrán desarrollarse por las empresas de seguridad privada.
La conexión a centrales receptoras de alarmas de sistemas de prevención o protección contra incendios o de alarmas de tipo técnico o asistencial, o de sistemas o servicios de control o mantenimiento
Actividades Compatibles [art 6]
Podrán desarrollarse por las empresas de seguridad privada.
La planificación, consultoría y asesoramiento en materia de actividades de seguridad privada.
Actividades Compatibles [art 6]
Podrán desarrollarse por las empresas de seguridad privada.
Las de información o de control en los accesos a instalaciones, comprendiendo el cuidado y custodia de las llaves, la apertura y cierre de puertas, la ayuda en el acceso de personas o vehículos, el cumplimiento de la normativa interna de los locales donde presten dicho servicio, así como la ejecución de tareas auxiliares o subordinadas de ayuda o socorro, todas ellas realizadas en las puertas o en el interior de inmuebles, locales públicos, aparcamientos, garajes, autopistas, incluyendo sus zonas de peajes, áreas de servicio, mantenimiento y descanso, por porteros, conserjes y demás personal auxiliar análogo
Actividades Compatibles [art 6]
Estos servicios y funciones PODRÁN PRESTARSE o realizarse por empresas y personal de seguridad privada, siempre con carácter COMPLEMENTARIO O ACCESORIO de las funciones de seguridad privada que se realicen y sin que en ningún caso constituyan el objeto principal del servicio que se preste.
Las tareas de recepción, comprobación de visitantes y orientación de los mismos, así como las de comprobación de entradas, documentos o carnés, en cualquier clase de edificios o inmuebles, y de cumplimiento de la normativa interna de los locales donde presten dicho servicio
Actividades Compatibles [art 6]
Estos servicios y funciones PODRÁN PRESTARSE o realizarse por empresas y personal de seguridad privada, siempre con carácter COMPLEMENTARIO O ACCESORIO de las funciones de seguridad privada que se realicen y sin que en ningún caso constituyan el objeto principal del servicio que se preste.
El control de tránsito en zonas reservadas o de circulación restringida en el interior de instalaciones en cumplimiento de la normativa interna de los mismos
Actividades Compatibles [art 6]
Estos servicios y funciones PODRÁN PRESTARSE o realizarse por empresas y personal de seguridad privada, siempre con carácter COMPLEMENTARIO O ACCESORIO de las funciones de seguridad privada que se realicen y sin que en ningún caso constituyan el objeto principal del servicio que se preste.