6 - Los Municipios Flashcards
¿Qué establece el artículo 137 de la Constitución Española sobre los municipios?
Establece que el Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y Comunidades Autónomas, otorgándoles autonomía para gestionar sus intereses.
¿Cuál es la función del Ayuntamiento según la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL)?
Dirigir el gobierno y administración de los municipios, compuesto por el Alcalde y los Concejales, elegidos mediante sufragio universal.
¿Quiénes componen el Ayuntamiento en los municipios de régimen común?
El Alcalde y los Concejales, elegidos mediante sufragio universal, libre, directo y secreto.
¿En qué casos pueden los municipios funcionar en régimen de Concejo Abierto?
En los casos previstos por la ley, principalmente en municipios pequeños y con tradiciones específicas.
¿Cuáles son los órganos básicos de un municipio de régimen común en España?
El Alcalde, el Pleno y la Junta de Gobierno Local (si hay más de 5,000 habitantes).
¿Qué regula la Ley 57/2003 para municipios de gran población?
Regula el régimen especial de organización para municipios con más de 250,000 habitantes o con características especiales.
¿Qué características deben tener los municipios para aplicar el régimen de gran población?
Deben tener más de 250,000 habitantes, ser capital de provincia con más de 175,000 habitantes o tener más de 75,000 habitantes con circunstancias especiales.
¿Cómo se organiza la Junta de Gobierno Local en municipios de régimen común con más de 5,000 habitantes?
Es obligatoria y se compone por el Alcalde y un número de concejales designados por él para asistir en la gestión y ejecución de políticas municipales.
¿Qué funciones tiene el Pleno en los municipios de gran población?
Además de sus funciones legislativas, puede crear comisiones especiales para supervisar la actuación de la administración local y garantizar la participación ciudadana.
¿Cómo se promueve la participación ciudadana en municipios de gran población?
A través de la creación de Juntas Municipales de Distrito y Consejos Sectoriales para involucrar a los ciudadanos en la gestión de asuntos locales.