1er Parcial Flashcards
ES EL DOCUMENTO CERTIFICADO QUE COMPROBARÁ LA IDENTIDAD DEL MILITAR, EN LOS CASOS DE RETIRO POR HABER CUMPLIDO LA EDAD LÍMITE.
ACTA DE NACIMIENTO
ES EL DICTAMEN DE DOS MÉDICOS MILITARES O NAVALES ESPECIALISTAS, DESIGNADOS POR LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL O DE MARINA, QUE PROBARÁ LA IMPOSIBILIDAD FÍSICA PARA TRABAJAR DE UN MILITAR EN EL ACTIVO.
DICTAMEN PERICIAL
ES LA EDAD LÍMITE PARA LOS CORONELES DE PERMANECER EN EL ACTIVO.
60 AÑOS
SON LOS MESES DE HABER AL QUE TIENEN DERECHO LOS MILITARES QUE TENGAN 19 AÑOS DE SERVICIO, DE ACUERDO A LA TABLA DEL ARTÍCULO 37 DE ESTA LEY.
32 MESES
ES EL IMPORTE QUE ESTARÁ CONSTITUIDO CON LAS APORTACIONES QUE EL GOBIERNO FEDERAL REALICE A FAVOR DE CADA ELEMENTO DE TROPA Y PERSONAL DE TRIPULACIÓN, EQUIVALENTE AL 11% DE SUS HABERES A PARTIR DE LA FECHA EN QUE CAUSA ALTA O SEA REENGANCHADO HASTA QUE OBTENGA LICENCIA ILIMITADA, O BIEN QUEDE SEPARADO DEL ACTIVO O ASCIENDA A OFICIAL.
FONDO DE TRABAJO
ES LA EDAD LÍMITE DE LOS HIJOS MAYORES DE EDAD QUE NO HAYAN CONTRAÍDO MATRIMONIO O ESTABLECIDO UNA RELACIÓN DE CONCUBINATO SIN DESCENDENCIA, QUE SE ENCUENTREN ESTUDIANDO EN INSTITUCIONES OFICIALES O CON RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL, CONTINÚEN TENIENDO DERECHO A LA ATENCIÓN MÉDICO-QUIRÚRGICA.
25 AÑOS
ESTE DERECHO SE OTORGARÁ AL PERSONAL MILITAR FEMENINO, ESPOSA DEL MILITAR, CONCUBINA DEL MILITAR E HIJOS MENORES DE EDAD Y COMPRENDE: CONSULTA Y TRATAMIENTO OBSTÉTRICO Y PRENATAL; ATENCIÓN DEL PARTO; ATENCIÓN DEL INFANTE, Y AYUDA A LA LACTANCIA.
SERVICIO MATERNO INFANTIL
CUAL ES EL PLAZO QUE TIENE EL INSTITUTO PARA PAGAR AL MILITAR O A SUS BENEFICIARIOS EL IMPORTE DEL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO O LA DEVOLUCIÓN DE LO APORTADO; UNA VEZ QUE EL MILITAR O SUS BENEFICIARIOS ENTREGUEN AL INSTITUTO LA DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE.
5DIAS HABILES
ES UN DERECHO QUE TIENEN LOS MILITARES QUE TENGAN CINCO O MAS AÑOS DE SERVICIO, SIN LLEGAR A VEINTE POR HABER LLEGADO A LA EDAD LIMITE O POR HABERSE INCAPACITADO EN ACTOS FUERA DE SERVICIO.
COMPENSACIÓN
QUIENES SON LOS QUE TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE PASAR REVISTA DE SUPERVIVENCIA EN LOS TÉRMINOS DE LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS.
MILITARES RETIRADOS Y PENSIONISTAS
ES LA EDAD LÍMITE PARA LOS GENERALES DE DIVISION DE PERMANECER EN EL ACTIVO.
65 AÑOS
SON LOS AÑOS EN EL GRADO QUE DEBEN TENER LOS MILITARES QUE LLEVEN 20 AÑOS DE SERVICIOS, QUE POR RESOLUCIÓN DEFINITIVA PASEN A SITUACIÓN DE RETIRO, ASCENDERÁN AL GRADO INMEDIATO ÚNICAMENTE PARA ESE FIN Y PARA EL CÁLCULO DEL BENEFICIO ECONÓMICO CORRESPONDIENTE.
10 AÑOS
ES LA ATENCION QUE INCLUYE LA ASISTENCIA HOSPITALARIA Y FARMACÉUTICA NECESARIA Y, EN SU CASO, OBSTETRICIA, PRÓTESIS Y ORTOPEDIA Y REHABILITACIÓN DE LOS INCAPACITADOS, ASÍ COMO LA MEDICINA PREVENTIVA Y SOCIAL Y LA EDUCACIÓN HIGIÉNICA.
MEDICO-QUIRURGICA
ES UNO DE LOS CASTIGOS CORRECCIONALES PARA LOS OFICIALES A LAS QUE TIENE FALCULTAD EL CONSEJO DE HONOR.
CAMBIO DE CUERPO O COMISION EN OBSERVACIÓN DE SU CONDUCTA
QUIEN TIENE LA FACULTAD DE ELEGIR POR VOTACION SECRETA AL VOCAL O VOCALES QUE DEBERAN SER NOMBRADOS POR INTEGRAR EL CONSEJO DE HONOR; QUE FUNCIONARA DEL 1O AL 30 DE JUNIO Y DEL 10 DE JULIO AL 31 DE DICIEMBRE Y REUNIRA AL PERSONAL DE JEFES Y OFICIALES A SUS ORDENES
JEFE, DIRECTOR O COMANDANTE