1er Parcial Flashcards
¿Quién es el padre de la medicina del trabajo?
Bernardino Ramazzini
¿Cuando se fundó la Primera Asociación Mexicana de Higiene y Medicina del Trabajo?
Julio de 1943
La presente ley es de observancia y rige relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123
Artículo 1
Las normas del trabajo tienen a conseguir equilibrio entre factores de producción,justicia social y propiciar trabajo digno,dignidad humana y NO DISCRIMINACIÓN
Artículo 2
Aquel en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador no existe discriminación, se tiene acceso a seguridad social y salario remunerado.
Trabajo digno
El trabajo es un derecho y un deber sociales
Artículo 3
Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar sujeto a prueba o a capacitación inicial. A falta de
estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.
Art 35
el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente
al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas
Hostigamiento
una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un
ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos
Acoso sexual
En toda empresa ó establecimiento, el patrón debera emplear un 90% trabajadores mexicanos
Artículo 7
Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal
subordinado.
Artículo 8
Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.
Artículo 10
Los directores, administradores, gerentes y demás personas que ejerzan funciones de
dirección o administración en la empresa o establecimiento, serán considerados representantes del
patrón y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con los trabajadores
Artículo 11
No serán considerados intermediarios, sino patrones, las empresas establecidas que contraten trabajos para ejecutarlos con elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que
deriven de las relaciones con sus trabajadores
Artículo 13
La empresa beneficiaria será solidariamente responsable de las obligaciones contraídas con los
trabajadores
Artículo 15 I
Habla sobre el trabajo en régimen de subcontratación y que debe cumplir estas condiciones:No puede abarcar todas las actividades,Justificarse por su especialización, y no tendrá tareas iguales
Artículo 15 A
Se entiende por empresa la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios y por establecimiento la unidad técnica que
como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de los fines de la empresa
Artículo 16
Habla de que la relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario
Artículo 20
Habla de la existencia de un contrato y relación de trabajo entre el que presta un trabajo y el que lo recibe
Artículo 21
Los mayores de quince años pueden prestar libremente sus servicios con las limitaciones establecidas en esta Ley.
Menores necesitan autorización de padres/tutor
Artículo 22
Queda prohibido el trabajo de menores de quince años; no podrá utilizarse el trabajo si no terminaron su educación básica, salvo los casos que apruebe la autoridad laboral correspondiente en que a su juicio haya
compatibilidad entre los estudios y el trabajo
Artículo 22 Bis
Habla de si las autoridades del trabajo detecten trabajando a un menor de quince años fuera
del círculo familiar, ordenará que de inmediato cese en sus labores.
Art 23
Las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan
contratos colectivos aplicable
Artículo 24
Habla de las condiciones del trabajador que deben contener: Nombre, nacionalid,edad,estado civil, domicilio, relación de trabajo (tiempo) servicios a prestar, duración de la jornada, salario, día del pago salarial, indicación si será capacitado, días de descanso etc.
Artículo 25
La falta de los art 24 y 25 no priva al trabajador de los derechos, se imputara al patron la falta de formalidad.
Artículo 26
Habla de la prohibición de usar menores de edad para prestar servicios fuera del país a menos que sean tecnicos, profesionales, deportistas.
Articulo 29
Habla de la obligación de los patrones de proporcionar capacitación a sus trabajadores que le permita elevar su nivel, conforme a los programas formulados.
Artículo 153-A
Habla de que si un trabajador se niega a participar a un programa de capacitación es necesario acreditar con documentación
Artículo 153-U
Habla de la obligación de los patrones a preferir a los trabajadores Mexicanos respecto a quienes no lo sean,
Artículo 153
Las mujeres disfrutan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres
Artículo 163
Cuando se ponga en peligro la salud de la mujer, o la del producto, ya sea durante el embarazo o el de lactancia y sin que sufra perjuicio en su salario, prestaciones y derechos, no
se podrá utilizar su trabajo en labores insalubres o peligrosas, trabajo nocturno industrial, en establecimientos comerciales o de servicio después de las diez de la noche, así como en horas
extraordinarias.
ulo 166
Habla de las madres trabajadoras tienen estos derechos:Durante el embarazo ningun trabajo de esfuerzo ó peligro, descanso 6 antes y después del parto, se podra tranferir de 4 a 6 semanas después del parto
Articulo 170
En una situación de adopción, disfrutaran de un descanso de 6 semanas con goce de sueldo al día que lo reciban
Artículo 170 II BIS
En el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos reposos
extraordinarios por día, de media hora cada uno
170 Bsis iv
> DE 15 Y < 18 deberan tener un certificado medico que acredite su aptitud para el trabajo.
Artículo 174
Para los efectos de este capítulo, no se considerará trabajo las actividades que bajo la supervisión, el cuidado y la responsabilidad de los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad,
Artículo 175 BIS
La jornada de trabajo de los menores de dieciséis años no podrá exceder de seis horas diarias y deberán dividirse en períodos máximos de tres horas
Artículo 177
Se prohíbe la utilización del trabajo de los menores de dieciocho años, en horas
extraordinarias y en los días domingos y de descanso obligatorio.
Artículo 178