Volumen de brocardos Flashcards
“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”
No se escuche a quien alega su propia torpeza o trate de beneficiarse de su propio delito
Significa que el juez no debe acoger las pretensiones de quien alega su propia torpeza, entendida como deslealtad, fraude, lascivia y cualquier otra causa contra las buenas costumbres y la ley.
Esencialmente, si alguien es acusado de hacer algo malo, no puede argumentar que lo hizo porque ya estaba involucrado en otra actividad incorrecta en ese momento. Este principio se basa en la idea de que no es aceptable utilizar la propia conducta incorrecta para excusar o justificar otra conducta incorrecta.
“Iuris tantum”
“Iuris et de iure”
Se asume que algo es lo que es hasta que se demuestre de lo contrario.
Se asume irrefutablemente que algo es lo que es. La autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada. Dar por cierto algo sin que sea probado.
“Res mobilis res vilis”
“Res communes”
“Res nullius”
“Res perit domino suo”
“Res perit debitori”
“Res judicata”
“Res inter alios acta”
La cosa mueble es cosa de poco valor.
La cosa común.
La cosa de nadie.
La cosa perece en perjuicio del acreedor (comprador o dueño). Dígase de los bienes no fungibles.
La cosa perece en perjuicio del deudor (vendedor). Dígase de los bienes fungibles.
Cosa juzgada o sentencia definitiva.
Principio de relatividad contractual
“Actori incumbit probatio”
Al acusador le corresponde que probar la comisión de un delito en detrimento del acusado
“Ius primae noctis”
Derecho de pernada: el señor feudal podía acostarse con cualquier mujer de la servidumbre de su reino.
“Lex posterior derogat priori”
“Lex superior derogat inferiori”
“Lex specialis derogat generali”
“Lex imperfecta”
“Lex artis”
En caso de antinomia entre dos normas, prevalece la que se promulgó en último lugar.
En caso de antinomia entre dos normas, la superior prevalece ante la inferior.
En caso de antinomia entre dos normas, la especial prevalece sobre la general.
Es una norma que no contempla una sanción. Aquella que es incompleta o deficiente y ambigua.
Conjunto de reglas técnicas a que ha de ajustarse la actuación de un profesional en ejercicio de su arte u oficio.
“Iura novit curia”
El juez conoce el derecho.
“Legum servi humus ut liberi esse posimus”
Somos esclavos de la ley para poder ser libres.
“Ubi lex non distingui, nec nos distinguere debemus”
No debemos distinguir donde la ley no distingue.
“Permissum id esse intellegitur, quod non prohibetur”
Lo que no está prohibido se considera permitido.
“Exception est strictissimae interpretationis”
Las excepciones deben usarse de manera sesuda, con argumentos estrictos
“In claris non fit interpretatio”
Ante la claridad de la norma, la interpretación no es requerida
“Pacta sunt servanda”
“Rebus sic stantibus”
Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe
Significa “estando así las cosas”. Se entiende que las estipulaciones establecidas en los contratos tienen en cuenta las circunstancias concurrentes en el momento de su celebración. Cualquier alteración sustancial de estas circunstancias puede dar lugar a la modificación de aquellas estipulaciones
“Societas delinquere et puniri non potest”
Las personas jurídicas no pueden delinquir ni ser castigadas con penas privativas de libertad
“Cogitationis poema nemo patitur”
Nadie sufre pena por su pensamiento
“Ius inter gentes”
Denominación de las reglas jurídicas predecesoras del actual derecho internacional. En su formulación desempeñó un papel decisivo la doctrina española de teólogos y juristas desarrollada desde la Universidad de Salamanca.
“Ius belli”
Facultad de un Estado de enemistarse con otro y declararle la guerra.
“Ius ad bellum”
Derecho de recurrir a la guerra.
“Ius cogens”
Es una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su conjunto como norma que no admite acuerdo en contrario y que solo puede ser modificada por una norma ulterior de derecho internacional general que tenga el mismo carácter
“Nemo esse iudex in sua causa potest”
Nadie puede ser juez de su propia causa.
“Neminem laedere”
Principio de no agresión: no causar daño a nadie
“Iuris praecepta sunt haec: honeste vivere, alterum non laedere, suum cuique tribuere”
‘Los principios del derecho son estos: vivir honradamente, no hacer daño a otro, dar a cada uno lo suyo
“Ex aequo et bono”
Se actuará según lo equitativo y bueno
“In limine litis”
Antes de toda defensa del fondo o medio de inadmisión (art. 2 de la Ley 834 de 1978)
“Compos mentis”
“Non compos mentis”, “mente captus”
Persona en sus cabales
Persona mentalmente incompetente
“Ultra posse nemo obligatur”
Nadie está obligado a hacer más allá de lo que puede
“Tantum devolutum quantum apellantum”
Tanto deferido cuanto apelado. Expresión utilizada para señalar que en la apelación la decisión debe limitarse a aquello que fue objeto de ésta.
“Reformatio in peius”
Principio que impide al órgano jurisdiccional que conoce de un recurso empeorar o hacer más gravosa la situación jurídica del recurrente —especialmente si se trata de una condena o sanción— reconocida previamente en la sentencia.
“Ad usum”
Según la costumbre.
“De lege ferenda”
De derecho futuro. Para que en una futura reforma se regule un limbo.
“Volenti non fit iniuria”
No se comete injusticia con quien actuó voluntariamente.
“Prior in tempore, potior in iure”
Primero en el tiempo, primero en el derecho.
A confesión de parte, relevo de prueba
Es un axioma jurídico que significa que quien confiesa algo libera a la contraparte de tener que probarlo
“Error in iudicando”
“Error in procedendo”
Error de fondo cometido por el juez al aplicar el derecho sustantivo a la cuestión litigiosa planteada.
Inobservancia de normas procesales al resolver la cuestión litigiosa.
“Ex officio”
Dicho de un título de honor o de un cargo: Que va anejo al empleo o a la calidad de alguien.
Sinónimo: nato
“Intuitu personae”
En consideración a las cualidades de la persona.
“Quod nullum est, nullum producit effectum”
Lo que es nulo no produce ningún efecto.
“Utile per inutile non vitiatur”
La parte útil no resulta viciada por la inútil.
“Nullum crimen sine lege”
“Nullum crimen nulla poena sine llege”
“Nullum crimen sine iniuria”
No hay crimen sin ley.
No hay crimen sin injuria
“Ius retorquendi”
Derecho de réplica.
“Ager publicus”
Dominio público, demanio.
“Non venire contra factum propium”
Doctrina de los actos propios o estoppel
“De cujus”
Es un término que le da nombre a la persona del difunto o al autor del testamento en una sucesión testamentaria o legítima, en el ámbito jurídico.
“Solus consensus obligat”
Solo el consentimiento obliga (art. 1138 del CC)
“Accesorium sequitur principale”
Lo accesorio sigue a lo principal.
“Nemo censetur ignorare legem”; “ignorantia iuris non excusat”
Nadie puede alegar el desconocimiento de la ley para eximirse de su cumplimiento.