titulo VI REGIMEN JURIDICO Flashcards
El órgano de la Universitat de València constituido para el ejercicio de las funciones legalmente atribuidas a la figura del defensor universitario, es
La Sindicatura Universitària de Greuges
Es/son una función/es de la Sindicatura Universitària de Greuges, según los Estatutos de la UV
Velar por el respeto a los derechos y las libertades de los miembros de la comunidad universitaria, ante las actuaciones de los diferentes órganos y servicios universitarios
Los Estatutos de la UV establecen que son funciones de la Sindicatura velar por el respeto a los derechos y las libertades de los miembros de la comunidad universitaria, ante las actuaciones de los diferentes órganos y servicios universitarios
Aunque no haya infracción de la legalidad
La organización y funcionamiento de la Sindicatura Universitària de Greuges de la UV serán regulados por
Un reglamento del Claustro
El Reglamento regulador de la organización y funcionamiento de la Sindicatura Universitària de Greuges de la UV, será aprobado por el Claustro
Aprobado por mayoría de los votos emitidos, siempre que esta mayoría supere un tercio del número total de sus miembros
El Síndico o la síndica de Greuges de la UV es elegido/a
Entre los miembros de la comunidad universitaria
El Síndico o la síndica de Greuges de la UV es elegido/a
Por el Claustro
El Síndico o la síndica de Greuges de la UV estará asistido
Por dos vicesíndicos
El Síndico o la síndica de Greuges de la UV es elegido/a por el Claustro
Por mayoría, siempre que ésta supere un tercio del número total de sus miembros
Los Vicesíndicos de la Sindicatura Universitaria de Greuges de la UV, según los Estatutos
Necesariamente pertenecerán a los otros dos grupos de la comunidad universitaria diferentes al que pertenezca el síndico
Los Vicesíndicos de la Sindicatura Universitaria de Greuges de la UV, según los Estatutos Serán elegidos por
el Claustro a propuesta del Síndico de Greuges
El mandato del Síndico o la síndica de Greuges de la UV
Es único y tiene una duración de cuatro años
El Síndico o la síndica de Greuges de la UV, según los Estatutos ejerce su función
Sin sujeción a mandato imperativo alguno, con independencia y sin sujeción a órdenes o instrucciones de ninguna clase
La condición de síndico o síndica de la Sindicatura Universitària de Greuges de la UV es incompatible
con la condición de Jefe de servicio, de sección, administrador o administradora de centro o equivalentes
Un vicesíndico o vicesíndica de la Sindicatura Universitària de Greuges podría ser, simultáneamente Decano de una Facultad
Falso, tiene incompatibilidad para ocupar tal cargo de forma simultánea a su condición de Síndico
Un vicesíndico o vicesíndica de la Sindicatura Universitària de Greuges
No puede formar parte del Comité de Empresa ni de la Junta de Personal
El Síndico o la síndica de Greuges de la UV no puede ser miembro
de ninguna comisión de los órganos centrales de la Universitat
Para garantizar su independencia, tanto el síndico o la síndica como los vicesíndicos o las vicesíndicas estarán sujetos
a las incompatibilidades especialmente establecidas por los Estatutos
En la UV, tanto el síndico o la síndica como los vicesíndicos o las vicesíndicas
a) Tendrán dedicación a tiempo completo si tienen la condición de personal docente e investigador
b) Tendrán dedicación exclusiva si tienen la condición de administración y servicios