Obligaciones a plazo Flashcards
Obligaciones a plazo: generalidades
A) Regulación:
- arts. 48 a 50 reglas generales sobre el cómputo de plazos.
- arts. 1494 a 1498.
- arts. 1080 a 1088 (por remisión del art. 1498).
B) Concepto:
· primero: la idea es la de una sección o lapso de tiempo.
· Def legal (art. 1494): “El plazo es la época que se fija para el cumplimiento de la obligación, y puede ser expreso o tácito (…)”.
- insuficiente, ya que solo explica plazo suspensivo y no plazo extintivo.
· Def Dª: hecho futuro y cierto del cual depende la exigibilidad o la extinción de un derecho y su obligación correlativa.
- Crítica de Peñailillo: no es un hecho sino una sección o lapso de tiempo, por lo que debería ser “espacio o lapso de tiempo del cual depende la exigibilidad o la extinción de un Dº y Oº correlativa”.
- en todo caso la otra def es la más común y sirve para comparar plazo con condición.
Clasificaciones de los plazos: enumeración
I) Determinado e indeterminado.
II) Fatales y no fatales.
III) Expreso y tácito.
IV) Voluntario, legal y judicial.
V) Continuo y discontinuo.
VI) Suspensivo y extintivo.
I) Plazos determinados e indeterminados
Criterio: conocimiento previo de su extensión.
· Determinado: está fijada su extensión al tiempo de establecerse.
- ej: comienza a correr ahora hasta el 2025.
· indeterminado: si al tiempo de establecerse no está fijada su extensión.
- ej: comienza a correr ahora y termina con la muerte de alguien.
Al final cuando se cumple el plazo todos son determinados, por eso se el criterio es conocimiento previo.
II) Fatales y no fatales
Criterio: la suerte del derecho sometido al plazo cuando este se cumple.
· fatal: el que por su vencimiento el derecho que debió ejercitarse dentro de él se extingue.
· no fatal: que con su vencimiento no se extingue el derecho respectivo.
Reconocimiento:
- art. 49:” Cuando se dice que un acto debe ejecutarse en o dentro de cierto plazo, se entenderá que vale si se ejecuta antes de la medianoche en que termina el último día del plazo; y cuando se exige que haya transcurrido un espacio de tiempo para que nazcan o expiren ciertos derechos, se entenderá que estos derechos no nacen o expiran sino después de la medianoche en que termine el último día de dicho espacio de tiempo”.
- art. 64 CPC.
· aplicación en materia procesal.
III) Plazo expreso y tácito
criterio: atiende a la forma en que se establece.
· expreso: es el establecido formalmente, fijándose su extensión.
· tácito: es el indispensable para cumplirlo.
Problema con plazos tácitos: ¿Cuál es la extensión del plazo? La frontera de término está difusa.
- ej: A se obliga a construir una piscina ¿cual es el plazo indispensable para cumplirlo?
- finalmente lo determina el juez.
IV) Plazo voluntario, legal y judicial
Criterio: la fuente del plazo.
· voluntario: el establecido por las partes o el autor del del acto (RG).
· legal: es el establecido por la ley y es excepcional en materia de obligaciones.
-ej: el plazo de prescripción.
· judicial: es el establecido por el juez y es excepcionalisimo, ya que por RG el juez no puede establecer plazos.
V) Plazos continuos y discontinuos
criterio: según la circunstancia de interrumpirse o no el cómputo en ciertos días.
· continuo o corrido: si transcurre sin interrumpirse el cómputo durante los días feriados.
- son la RG (art. 50).
· discontinuo o de días hábiles: si se suspende durante aquellos días, que no se consideran en el cómputo.
- la excepción más importantes son los plazos del CPC que son discontinuos (art. 66 CPC).
VI) Plazo suspensivo y extintivo
Criterio: atendiendo al efecto que produce el plazo en el derecho al cual se agrega.
· plazo suspensivo: es el que posterga la exigibilidad de un derecho (y la obligación correlativa).
· plazo extintivo: es el que posterga la extinción del derecho.
- es un MEO no mencionado en el art. 1567.
· plazo imposible (se incluye acá): es cronológicamente imposible el que contraría el sistema de medición generalmente aceptado; y es moralmente imposible el que es contrario a la ley.
Plazo: efectos: I) si el plazo es suspensivo
1) Mientras transcurre: el derecho del acreedor existe pero no puede ser exigida la prestación correlativa. Consecuencias:
a) Lo que se paga antes del cumplimiento del plazo no está sujeto a restitución (art. 1495). Ya que se paga lo debido.
b) el acreedor puede pedir medidas conservativas.
- ninguna disposición lo dice, pero se aplica adagio de “quien puede lo más puede lo menos” en relación al acreedor condicional.
c) el derecho se transmite y puede enajenarse (art. 1084).
2) Vencido el plazo: el derecho se hace exigible:
a) el deudor puede ser constituido en mora.
b) comienza a correr la prescripción extintiva (art. 2514).
c) el crédito puede compensarse con otro que exista recíprocamente (art. 1656 regla tercera).
Plazo: efectos: II) si el plazo es extintivo
a) Mientras este plazo está transcurriendo el acto produce sus efectos normales.
b) Al vencimiento del plazo, el derecho se extingue por la sola circunstancia del término del plazo y de la misma forma se extingue la obligación correlativa.
- MEO.
- opera de pleno derecho.
Formas de extinción del plazo
1) vencimiento: una vez que transcurre (es la forma normal de extinguirse un plazo).
2) renuncia: es un beneficio para el deudor, por lo que el puede renunciar. Si beneficia tanto a deudor como acreedor se deberá renunciar recíprocamente.
3) Caducidad del plazo: consiste en la extinción anticipada del plazo debido al acaecimiento de algún hecho previsto en la ley o en la convención.
- art. 1496 establece supuestos legales de caducidad del plazo (ej: insolvencia del deudor).