Ius en contraposición Flashcards
Ius civile en contraposición con ius gentium/ius naturale.
ºIus civile: derecho civil, de los ciudadanos, de un pueblo.
ºIus gentium: derecho de la gente, derecho común de todos los hombres por razón natural.
ºGayo 1.1: “Por tanto, el pueblo romano usa en parte de su derecho y en parte del derecho común a todos los hombres”
→ La importancia de estos conceptos es que se contraponen el uno al otro:
º criterio de generalidad
- ius proprium → ius civile
- ius commune → ius gentium
º criterio de razón natural (aristóteles)
- lo justo legal, porque la ley lo establece.
- lo justo natural, el fuego quema lo mismo aquí que allá.
ºEn roma → civile vs pretor
- tripartición de Ulpiano (dºnatural, dºgentes, dºcivile)
Ius civile en contraposición con ius honorarium
º ius civile: derecho que emana de determinados instrumentos de roma (incluye lex)
º ius honorarium: se refiere a determinadas instituciones que emanan del poder del pretor (derecho pretorio)
→ Palpiano: criterio de “la fuente, desde dónde emana”
- derecho civil: leyes, plebiscitos, senadoconsultos, decretos, etc. (fuentes
formales).
- derecho pretorio/honorario: lo que los pretores introdujeron para
ayudar/suplir/corregir el dº civil en virtud de la utilidad pública..
Ius civile en contraposición con Lex
º ius civile: opinión de los juristas.
º lex: decisión de carácter político que emana de quien gobierne la república,
componente potestativo.
Ius publicum en contraposición con Ius privatum
ºius publicum: organización del poder en la sociedad.
ºius privatum: manera concreta en la que nosotros nos relacionamos.
Clasificación de Ulpiano
º criterio: según lo que rija, specta.
- público: “aquel que mira al Estado de la república de los romanos”
se identifica con la justicia distributiva aristotélica.
- privado: “aquel que mira las utilidades particulares”
se identifica con la justicia sinalagmática aristotélica.