CONCEPTOS Flashcards
Bienes juridicos
Valores individuales o colectivos, necesarios para la realización material y espiritual del ser humano, que reciben protección a través del derecho penal
Medio de control social
Conjunto de reacciones adversas a que dan lugar las conductasque se estiman desviadas, considerado en su conjunto.
Derecho penal objetivo
Aquella parte del ordenamiento juridico que trata acerca del delito y de sus consecuencias juridicas (basicamente la pena)
Derecho penal subjetivo
Alude a la facultad que tiene el Estado para crear delitos y para sancionar a quienes lo cometen
Dogmatica penal
Aquella disciplina que estudia sistematicamente las normas y los principios juiridicos relativos al delito y a la pena
Criminologia
Es la ciencia que analiza la criminalidad como hecho social
Ciencias penales
Conjunto de discuplinas que tiene como objeto de estudio el delito, el delicuente y las penas.
Ciencias juridicas
Comprenden las distintas ramas del derecho que regulan la actividad punitiva
Ciencias auxiliares
Son todas aquellas disciplinas extra-juridicas que se ocupan del delito, del delicuente y de las penas
Medicina legal
Disciplina que aporta los conocimientos de orden medico y biologico necesarios para entender, investigar y probar numerosos delitos.
Psiquiatria forense
Disciplina que aporta los conocimientos medico- psiquiátricos, necesarios para solucionar diversos problemas juridicos-penales
Criminalistica
Disciplina de indole policial que aporta los medios tecnicos y cientificos que se precisan para investigar los delitos, para reconstruir sus circunstancias y para determinar quienes son sus autores.
Bienes juridicos (apunte)
Aquellos presupuestos que la persona necesita para su autorrealizacion y el desarrollo de su personalidad en la vida social
Bienes jurídicos individuales
Afectan directamente a la persona individual
Bienes jurídicos comunitarios
Afectan a la comunidad como tal
Normas juridicas
Es un mensaje prescriptivo que ordena o prescribe una actuación determinada, expresando a través de un conjunto de símbolos linguisticos que constituyen el enunciado legal
Norma juridico-penal
Es un enunciado prescriptivo que conmina la realización u omisión de una conducta baja la amenazada de una sanción.
Norma primaria
Es una norma prohibitiva dirigida al ciudadano
norma secundaria
Es una norma que obliga a castigar dirigida al Juez.
Derecho penal objetivo
Conjunto de normas jurídicas que asocia a la realización de un delito como presupuesto, la aplicación de penas y/o medidas jurídicas
Derecho penal común
Responsabilidad penal
Relación jurídica que el delito crea entre el Estado (sujeto activo, en la imposición de una pena) y el infractor (sujeto pasivo, que debe soportar la aplicación de la pena).
Intimidar (prevencion general)
Consiste en causar miedo, es decir, en aprovechar el efecto de coaccion psicologica que la pena ejerce sobre la generalidad de los ciudadanos
Limites a la potestad penal
Serie de principios que tienen por objeto garantizar los derechos de las personas frente al ejercicio del poder punitivo del Estado
Limites formales
Aquellos que dicen relación con el instrumento que ha de servir de fuente a lo preceptos penales
Limites materiales
Aquellas garantias que dicen relación con el contenido de los preceptos penales
Principio legalidad
Es el principal limite impuesto por las exigencias del Estado de Derecho al ejercicio de la potestad punitiva e incluye una serie de garantias para los ciudadanos, que genericamente pueden reconducirse a la imposibilidad de que el Estado intervenga penalmente mas alla de lo que permite la ley
Principio de reserva de la ley
Este postulado implica que la ley es la unica fuente admisible en el campo del Derecho Penal
Fuentes mediatas o indirectas
Son fuentes que influir en la forma de interpretar y aplicar los preceptos legales y en cuanto, indudablemente, influyen en los procesos de reforma de derecho vigente
Analogia
Consiste en solucionar que no esta expresamente resuelto en la ley, utilizando una norma que regula una situación similar pero no identica
Principio de irretroactividad penal
Este postulado implica que las leyes penales solo pueden regir situaciones ocurridas con posterioridad a su entrada en vigencia
Principio de taxatividad
Implica que las leyes penales han ser redactas en términos estrictos y precisos, de modo que no den lugar a dudas acerca de la situación que pretenden regular
Hipotesis
Es la descripción de una conducta, es decir, un comportamiento humano, y de las circunstancias en que aquella ha de realizarse; desde el punto de vista gramatical, se expresa a traves de un verbo
Sanción
Es la pena o castigo que debe sufrir quien realizare la conducta n las circunstancias que la ley preve.
Ley penal en blanco
Aquella disposición emanada del poder legislativo, para tipificar un delito, en la cual falta la hipótesis o la sanción, o una parte de aquella o de esta, y que por tal razón, precisa de otra disposición que la complemente
Leyes penales en blanco propiamente tales
Son aquellas disposiciones que contienen la sanción, pero cuyo precepto o hipótesis, debe ser determinado o completado por un texto normativo diverso de jerarquía inferior a la legal, emanado de una autoridad administrativa
Leyes penales en blanco impropias o de reenvio
Aquellas en que la labor de complemento es encomendada aquí a otra ley y no a disposiciones emanadas de autoridades ajenas al Poder legislativo
Leyes penales en blanco irregulares
Se trata de disposiciones en que la conducta punible aparece completamente descrita por el legislador, pero que dejan en blanco la sanción
Leyes penales abiertas
Son disposiciones incompletas en que la labor de complemento es entrada al propio tribunal encargado de aplicarlas, quien podrá hacerlo con entera discrecionalidad
Principio non bis in idem
Alude al principio según el cual un mismo hecho no debe ser objeto de doble sanción, o una misma circunstancia de doble ponderación
Lesion
Es el efectivo detrimento de un bien juridico
Puesta en peligro
Es la simple exposición a un riesgo
Dogmatica juridica
Tiene por objeto de estudio el derecho positivo vigente, lo que consistir en describir a, a través de interpretación y sistematización de las normas y principios relativos al delito y a la pena
Etiologia
Se refiere a las posibles causas o factores determinantes (o incidentes) en la delincuencia, teniendo de base su estudio el determinismo en contraposición al libre albedrío, su estudio se encuentra dentro de la disciplina social de al criminología
Conducta ilicita
Es una conducta que se desvía de ciertos paramentos establecidos en una norma jurídica sea esta penal o no
Normas de determinacion
Alude a determinar el comportamiento de las personas, sea un mandato o prohibición, lo que hace es determinar la forma en que un sujeto se debe comportar
Normas de valoracion
Potestad penal
Poder/deber para sancionar, a través de una imposición y ejecución de una pena por el Estado
Presuncion
A partir de un hecho conocido se deduce un hecho desconocido.
Eximente
Hechos o situaciones cuya concurrencia excluyen alguno de los elementos del delito, impidiendo que éste se configure
Eximente
Hechos o situaciones cuya concurrencia excluyen alguno de los elementos del delito, impidiendo que éste se configure
Eximente
Hechos o situaciones cuya concurrencia excluyen alguno de los elementos del delito, impidiendo que éste se configure
Acción
Cualquier comportamiento de la persona, materializado en un movimiento corporal externamente apreciable, dirigido consciente y voluntariamente a un fin.
Pena (libro)
Es una consecuencia jurídica del delito, consistente en la afectación (privación o restricción) de ciertos derechos del sujeto activo en virtud de una sentencia condenatoria firme ante la existencia de un delito que se le puede imputar
Medidas de seguridad
Es una consecuencia jurídica del delito, fundada en la peligrosidad del sujeto, con exclusiva función de prevención especial
Delito (desde los elementos)
Conducta típica, antijurídica y culpablemente ejecutada
Delito (concepto legal)
Es delito toda acción u omisión voluntaria penada por ley
Sucesión de leyes penales
I. Esto quiere decir que el lapso que va desde la comisión del delito hasta la ejecución completa de la pena, puede variar el tratamiento legislativo del delito que se trata.
II. El lapso que va desde la comisión de un delito y hasta el total cumplimiento de la pena impuesta, puede variar el tratamiento legislativo del delito que se trata
Principio de irretroactividad
I. La ley penal solo rige para el futuro, desde que entra en vigencia y mientras no se deroga, no puede aplicarse a hechos ocurridos antes de su vigencia,
Art. 19 n.3 inc. 9 Ppo de irretroactividad
Ningun delito se castigará con otra pena que la que señale una ley promulgada con anterioridad a su perpetración, a menos que una nueva ley favorezca al afectado
Art. 18 Principio de irretroactividad
Ningún delito se castigara con otra pena que la que señale una ley promulgada con anterioridad a su perpetuación, a menos que la ley favorezca al afectado
Art. 18 inc. ii excp. retroactividad
Si después de cometido el delito y antes de que se pronuncie sentencia de términos, se promulgare otra ley que exima tal hecho de toda pena o le aplique una menos rigurosa, debería arreglarse a ella su juzgamiento
Principio de no ultractividad
La ley penal no puede aplicarse a hechos acaecidos después de la finalización de su vigencia
Principio de preteractividad
La ley penal aplica a hechos ocurridos durante su vigor, a pesar de que ya no se encuentre vigente.
Esto ultimo puede suceder si la ley que rige al momento del juzgamiento del hecho fuera mas perjudicial para el imputado que la que estaba en vigor al tiempo de su ejecución
Delito de usura (ej. nueva ley)
Consiste en pactar intereses superiores al máximo que la ley permite estipular, su una ley aumenta el máximo de intereses permitidos, pasando a licita la conducta del sujeto esta debe quedar impune
Promulgada
Es el acto por el cual el Presidente sanciona la ley, conforme a la constitución, mediante la dictación del correspondiente decreto supremo
Publicación
Es la inserción del texto de la ley en el Diario oficial
Inviolavilidades
Esta impide que se persiga la responsabilidad penal de una persona por determinados hechos
Inviolabilidad absoluta
Se refieren de cualquier delito que cometan ciertas personas
Inviolabilidades relativas
Se refieren solo a ciertos delitos que cometan las personas favorecidas en ella
Inviolabilidades judiciales
Es la que favorece a los miembros de la CS en lo relativo a la falta de observancia de las leyes que reglan el procedimiento, a al denegación y a la torcida administración de justicia, conductas que configuran el delito de prevaricación
Desafuero
Consiste en al declaración, hecha por la autoridad jurisdiccional, en el sentido de haber lugar a la formación de causa en material penal por cualquier delito que haya cometido, aunque no haya sido en el ejercicio de sus funciones
Juicio politico
Consiste en un tramite previo al juzgamiento de ciertas autoridades por delitos (u otros hechos) cometidos en el ejercicio de sus funciones
Querella de capitulos
Es un tramite previo, similar al desafuero, que tiene por objeto hacer efectiva la responsabilidad penal de los jueces, fiscales judiciales y fiscales del MP por hechos ejecutados en el ejercicio de sus funciones.
Interpretación ley
Significa determinar su sentido y alcance, con el objeto de aplicarla a los casos concretos a la vida social
Interpretación progresiva
Es aquella que se basa en los principios culturales y cientificos actualmente vigentes, se persigue la adaptación de la ley a las necesidades y concepciones del presente “busca el querer actual de la norma”
Leyes intermedias
Son aquellas que tiene vigencia con posterioridad a la comisión del hecho delictuoso y que es remplazada por una nueva antes de la dictación de la sentencia definitiva
Leyes temporales
Son aquellas que se fijan en si mismas un plazo de vigencia, pasado el cual recobra su imperio el ordenamiento anterior
Sucesión de leyes temporales
Es decir que tras el termino de la vigencia de una ley temporal, no recobre su vigor el regimen pena ordinario, sino que entre en vigencia otra ley temporal, que puede ser mas severa o mas benigna que la anterior, aplicarse retroactivamente en el juzgamiento de los hechos acaecidos bajo la vigencia de la primera
Interpretación teleologica
Consiste en determinar cuales son los fines que persigue la disposición penal que se pretende interpretar
Interpretación sistematica
El contexto de la ley servira para ilustra el sentido en cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonia, la norma como parte integrante de un sistema legislativo organico, logicamente estructurado e informado por ppos comunes
Interpretación analogica
Se presenta cuando la ley penal se refiere a determinados objetos o situaciones, permitiendo expresamente al interprete incluir otras situaciones u objetos análogos o similares
Elemento historico
Para interpretar la ley tambien se puede recurrir a la historia fidedigna de su establecimiento
Interpretacion literal
Consiste en recurrir a la letra del texto legal, es decir, a las propias palabras que utiliza la ley
Ppo. de intervención minima
Es el ejercicio de la potestad penal implica privación o limitación de alguno de los derechos fundamentales de la persona, la intervencion del Estado en esta materia solo es legitima a condicion que no se extiende mas alla de lo estrictamente necesario
Principio de culpabildad
En este pueden incluirse diferentes limites a la potestad penal, que tienen de comun exigir, como presupuesto de la pena, que quien la sufre pueda ser culpado por el hecho de lo motiva
Si se castiga penalmente a alguien, la persona debe contar co ciertas condiciones
Tipicidad (guia vi)
Es la circunstancia de que una conducta encuadre exactamente en alguna de las descripciones de hipotesis abstractas que contempla la ley
Conducta (guia vi)
Es el elemento substancial del delito, es una conducta humana
Antijuridicidad
Es una exigencia de que la conducta tipica sea contraria al derecho
Culpabilidad
Se refiere a la circunstancias subjetivas en que ha actuado el autor de una conducta tipica y antijuridica, se traduce en la posibilidad de reprochar al sujeto de realizaron de un comportamiento prohibido por ley
Delito
Una conducta, tipica, antijuridica y culpablemente ejecutada
Eximentes (guia)
Hechos o situaciones cuya concurrencia determina la eliminación de alguno del delito y, como consecuencia, que este en definitiva no se configure
Delito (concepto legal)
Accion u omision voluntaria penada por ley
Derecho penal de acto
Concibe la conducta humana. como eje de toda la estructura del delito y como requisito indispensable para que el Estado ejerza cualquier reaccion punitiva en contra del individuo
Derecho penal de autor
Cualquier pretension de fundar la reaccion estatal en situaciones personales del individuo, en sus cualidades o en sus procesos internos que no trascienden al mundo que lo rodea
Accion
Cualquier comportamiento de la persona, materializado en un movimiento corporal externamente apreciable, dirigido consciente y voluntariamente a un fin
Motivación
Representada por la satisfaccion que el individuo pretende obtener con su actuación , y que es en definitiva lo impulsa a actuar