Artículos Flashcards
Valores de la Unión
Artículo 2 del Tue
Objetivos
Artículo 3 del Tue
Principio de respeto a la identidad nacional
Artículo 4.2 TUE
Principio de cooperación leal
Artículo 4.3 TUE
Principios democráticos
Artículos 9-12 TUE
Principio de atribución
Artículo 5.1 TUE
Principio de proporcionalidad
Artículo 5.4 TUE
Principio de subsidiaridad
Artículo 5.3 TUE
CuandolosTratadosatribuyanalaUniónunacompetenciaexclusivaenunámbitodetermi nado, sólo la Unión podrá legislar y adoptar actos jurídicamente vinculantes, mientras que los Estados miembros, en cuanto tales, únicamente podrán hacerlo si son facultados por la Unión o para aplicar actos de la Unión.
Artículo 2.1 TFUE
Competencias exclusivas UE
Artículo 3 del TFUE
Cuando los Tratados atribuyan a la Unión una competencia compartida con los Estados miembros en un ámbito determinado, la Unión y los Estados miembros podrán legislar y adoptar actos jurídicamente vinculantes en dicho ámbito. Los Estados miembros ejercerán su competencia en la medida en que la Unión no haya ejercido la suya. Los Estados miembros ejercerán de nuevo su competencia en la medida en que la Unión haya decidido dejar de ejercer la suya.
Artículo 2.2 TFUE
Competencias compartidas con preclusión
Artículo 4.2
Competencia compartida sin preclusion
Artículo 4.3 y 4.4 TFUE
En determinados ámbitos y en las condiciones establecidas en los Tratados, la Unión dispondrá de competencia para llevar a cabo acciones con el fin de apoyar, coordinar o complementar la acción de los Estados miembros, sin por ello sustituir la competencia de éstos en dichos ámbitos.
Artículo 2.5 TFUE
Competencias compartidas
Artículo 6 TFUE